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El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544905 Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete EP Antonio ROSAS CHURA, identi fi cado con DNI N° 73543944, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para que realice el Curso de Formación de O fi ciales del 26 de enero de 2015 al 30 de noviembre de 2019, en la Escuela Preparatoria de Cadetes del Ejército (EsPCEx), en la ciudad de Campinas, Estado de Sao Paulo y en la Academia Militar das Agulhas Negras (AMAN), en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa del Brasil, así como autorizar su salida del país el 25 de enero de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima – Sao Paulo (República Federativa del Brasil) - Clase económica US $. 1,000.00 x 01 persona $. 1, 000.00 Gastos de desplazamiento - Ida R $. 2,582.07 x 1 x 1 persona R $. 2,582.07 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero R $. 2,582.07 /31 x 06 días x 01 persona R $. 499.75R $. 2,582.07 x 11 meses x 01 persona R $. 28,402.77 Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El personal militar designado revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios. Artículo 7°.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9°.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1189772-4RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2015-DE/EP Lima, 16 de enero de 2015VISTO:El O fi cio Nº 2834/DIEDOC/C-5.b del 04 de diciembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO:Que, mediante Fax Nº 115 AMA/14 del 28 de octubre de 2014, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Argentina y Concurrente en Uruguay, comunica que, el Ejército Argentino, a través del Departamento de Agregados Militares asigna vacantes para los cursos ofrecidos a los Ejércitos de Naciones Amigas para el año 2015, siendo uno de los cuales el Curso de Formación de O fi ciales de Estado Mayor, en la Escuela Superior de Guerra (ESG), del 02 de febrero al 04 de diciembre de 2015, a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, con el documento del visto el Director de Educación y Doctrina del Ejército, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Teniente Coronel EP Bruger Gastón Huamani Chirinos, para que realice el Curso de Estado Mayor, del 02 de febrero al 04 de diciembre de 2015, en la Escuela Superior de Guerra del Ejército Argentino, de la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Ofi cial Superior antes mencionado, para que participe en el mencionado curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio del Ejército del Perú y permitirá contar con personal idóneo para la capacitación de los O fi ciales Superiores que laboran en los Estados Mayores de las diferentes reparticiones y dependencias del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar designado durante la totalidad de la Misión de Estudios, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise que, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas,