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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2015 (17/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544900 Ernesto Emilio Guevara Lam (Del 27 de enero al 01 de febrero de 2015) Pasajes : US$ 1,262.46Viáticos (US$ 440 x 4 días) : US$ 1,760.00 Ángela Rossina Guerra Sifuentes (Del 25 al 29 de enero de 2015) Pasajes : US$ 1,395.94Viáticos (US$ 440 x 4 días) : US$ 1,760.00 Daisy Jennifer Olórtegui Marky (Del 24 de enero al 01 de febrero de 2015 ) Pasajes : US$ 1,297.56Viáticos (US$ 440 x 8 días) : US$ 3,520.00 Vanessa del Carmen Rivas Plata Saldarriaga (Del 24 al 30 de enero de 2015) Pasajes : US$ 1,297.56Viáticos (US$ 440 x 6 días) : US$ 2,640.00 Gerardo Antonio Meza Grillo (Del 26 al 31 de enero de 2015) Pasajes : US$ 1,262.46Viáticos (US$ 440 x 4 días) : US$ 1,760.00 Mónica del Pilar Guerrero Acevedo (Del 26 de enero al 03 de febrero de 2015) Pasajes : US$ 1,120.86Viáticos (US$ 440 x 7) días : US$ 3,080.00 John Ramiro Cusipuma Frisancho (Del 25 de enero al 01 de febrero de 2015) Pasajes : US$ 1,321.16Viáticos (US$ 440 x 7) días : US$ 3,080.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios y servidores cuyo viaje se autoriza presentarán a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1188580-1 Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2015-MINCETUR Lima, 16 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 070-2014- MINCETUR, de fecha 28 de febrero de 2014, se designó a la señora Lucy Margot Cha fl oque Agapito, en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, cargo considerado de con fi anza; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la cual es pertinente aceptar; Que, asimismo, es necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 - Ley que Regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR.SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora Lucy Margot Cha fl oque Agapito al cargo de Directora General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a la señora Ana Grimanesa Reátegui Napurí en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1189768-1 Ratifican y designan Inspectores y Supervisores de Juego, y acreditan Veedores de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 48-2015-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 12 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153 modi fi cada por Leyes Nros. 27796 y 28945, y el Reglamento de la Ley aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se regula la actividad de juegos de casinos y máquinas tragamonedas en el país; Que, la Ley N° 28945, Ley de Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas, señala en su artículo 4° que la Dirección General de de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas es la autoridad competente para formular, proponer, supervisar y fi scalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional, que regulan y controlan la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 24° de la Ley, corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, las facultades administrativas de autorización, fi scalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, pudiendo delegar las facultades de fi scalización, supervisión, clausura y comiso en los órganos bajo su competencia; Que, el inciso e) del Artículo 25º de la Ley, concordante con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, establece que corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas designar a los Inspectores de Juego; Que, el artículo 47° de la Ley concordante con el artículo 78° del Reglamento, prevé que la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas y la SUNAT veri fi carán que en la importación de bienes para la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas se cumpla con los requisitos señalados en la Ley, su reglamento y Directivas del MINCETUR, dejándose constancia en el Acta respectiva; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 67° del Reglamento, los Inspectores de Juego representan a esta Dirección General, en todas las actuaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones, siendo que los hechos constatados por los Inspectores de Juegos deben consignarse en Informe o Acta respectiva; Que, asimismo, de conformidad con el Manual de Organización y Funciones – MOF, corresponde a los Supervisores de Juego de esta Dirección General realizar las visitas de veri fi cación, control y fi scalización a las salas de juego de casino y máquinas tragamonedas de acuerdo a la programación que se realice; Que, es necesario realizar la designación de los Inspectores, Supervisores de Juego y acreditar a los