Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, senala que el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al MORDAZA MORDAZA EP Bruger MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43344967, para que realice el Curso de Estado Mayor, del 02 de febrero al 04 de diciembre de 2015, en la Escuela Superior de MORDAZA del Ejercito MORDAZA, de la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 01 de febrero y su retorno al MORDAZA el 05 de diciembre de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ Buenos Aires (Republica Argentina) - MORDAZA (Clase economica) US $. 1,000.00 x 01 persona US $. 1,000.00 Gastos de desplazamiento ­ Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalacion) US $. 5,911.63 x 2 x 01 persona US $. 11,823.26 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $. 5,911.63/28 x 27 dias x 01 persona US $. 5,700.50 US $. 5,911.63 x 09 meses x 01 persona US $. 53,204.67 US $. 5,911.63/31 x 04 dias x 01 persona US $. 762.79 ------------------------Total a pagar : US $. 72,491.22 Articulo 3º.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente.

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 6º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El personal militar designado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1189772-5

Autorizan viaje de personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2015-DE/MGP MORDAZA, 16 de enero de 2015 Visto, el Oficio P.1000-007 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 7 de enero de 2015; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha comunicado al Comandante General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, la disposicion de brindar facilidades para el apoyo en capacitacion y entrenamiento para el Personal MORDAZA, que conformara la primera dotacion del Buque Escuela a MORDAZA "UNION"; asi como, efectuen una visita profesional, para que participen en el MORDAZA de mantenimiento y reparacion de la jarcia fija y movil del Buque Escuela ARC "GLORIA" de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en el Astillero COTECMAR, MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2015, la designacion y autorizacion de viaje de UN (1) Oficial Subalterno y UN (1) Tecnico, para que participen en la mencionada actividad; Que, la designacion de Personal MORDAZA, para que efectue la referida visita profesional, responde a la necesidad de preparar al personal en Instituciones

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