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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2015 (17/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544895 experiencias y buenas prácticas que coadyuven en la función de supervisión y fi scalización de los servicios de telecomunicaciones que realiza el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), incluyendo el conocimiento de los aspectos administrativos y operacionales de la implementación del sistema de monitoreo de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL); Que, el 25 de noviembre de 2002, las autoridades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) y de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL), suscribieron un Memorándum de Entendimiento que tiene por fi nalidad establecer un mecanismo de cooperación técnica e institucional para contribuir al desarrollo de las telecomunicaciones en el Perú y en Brasil; Que, la visita técnica se enmarca en el Memorándum de Entendimiento antes citado y constituye una oportunidad para fortalecer las relaciones entre el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) y la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL), con el fi n de promover una mayor cooperación en temas de interés mutuo en el área de las telecomunicaciones; Que, adicionalmente se ha previsto una visita a la O fi cina Regional de la Unión Internacional de Telecomunicaciones para las Américas (UIT), ubicada en la misma sede, a fi n de coordinar la realización de actividades de cooperación, en bene fi cio del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL); Que, asimismo, se ha considerado necesaria la participación del señor Angel Jeancarlo Paz Cortés y del señor Rubén Carlos Tornero Cruzatt, Gerente y Supervisor Principal, respectivamente, de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), encargada de supervisar y promover el cumplimiento de las obligaciones por parte de los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones. Igualmente, considerando la coordinación para la realización de actividades de cooperación con la UIT, resulta pertinente la participación del señor David Ramón Villavicencio Fernández, Gerente de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), responsable de los procesos de planeamiento y cooperación internacional; Que, los gastos de pasajes aéreos en tarifa económica y viáticos serán cubiertos por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 20 al 24 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, de los funcionarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), que se detallan a continuación: - Angel Jeancarlo Paz Cortés, Gerente de Fiscalización y Supervisión - Rubén Carlos Tornero Cruzatt, Supervisor Principal de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión - David Ramón Villavicencio Fernández, Gerente de Planeamiento y Presupuesto Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: US$ 1,213.76 x 3 (Incluye TUUA) US$ 3,641.28Viáticos:US$ 370.00 x 4 días x 3 US$ 4,440.00 TOTAL: US$ 8,081.28Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1189774-3 AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes titular y alterno del SERFOR ante la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0016-2015-MINAGRI Lima, 13 de enero de 2015VISTO:El O fi cio N° 006-2015-PCM/ACASCTI, de fecha 05 de enero de 2015, del Alto Comisionado en Asuntos de Lucha contra la Tala Ilegal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2004-AG, se declara de interés nacional la “Estrategia Nacional Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal”; y se crea la Comisión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal; asimismo, en su artículo 3, estableció la conformación de la Comisión Multisectorial, entre los cuales se encontraba un representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI; Que mediante Resolución Ministerial N° 0690- 2014-MINAGRI, de fecha 19 de diciembre de 2014, se designa a(al) (la) Director(a) Ejecutivo(a) y al Director General de Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, ambos del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal, creada mediante Decreto Supremo Nº 019-2004-AG; Que, siendo que la mencionada Comisión Multisectorial fue creada con anterioridad a la emisión de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 076-2014-PCM, en adelante el Decreto Supremo, se adecuó la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo, establece la nueva conformación de la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, de la cual ya no es parte el Ministerio de Agricultura y Riego, e incorpora al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; Que, en su artículo 7, el Decreto Supremo establece que los integrantes de la Comisión Multisectorial deben