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El Peruano Viernes 23 de enero de 2015 545287 139-2014/SUNAT, 158-2014/SUNAT, 202-2014/SUNAT, 212-2014/SUNAT, 313-2014/SUNAT, 391-2014/SUNAT y 400-2014/SUNAT el cual establece su estructura orgánica, sus funciones generales y especí fi cas y las de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas; Que con la Resolución Suprema Nº 139-2010-EF se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la SUNAT, el cual ha sido modi fi cado, actualizado y/ o reordenado por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 046-2012/SUNAT, 154-2012/SUNAT, 257-2012/SUNAT, 307-2012/SUNAT, 132-2013/SUNAT, 296-2013/SUNAT, 008-2014/SUNAT, 022-2014/SUNAT, 130-2014/SUNAT, 256-2014/SUNAT, 288-2014/SUNAT y 332-2014/SUNAT; Que el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816 y la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, facultan a la SUNAT a aprobar directamente su Cuadro para Asignación de Personal mediante resolución de su Titular, pudiendo para dicho efecto, utilizar denominaciones y criterios de diseño y estructura distintos a los previstos en las normas que regulan la elaboración y aprobación de sus documentos de gestión; Que asimismo, la referida disposición, para su mejor aplicación, ordena suspender las normas que se opongan o limiten su aplicación, incluidas las relativas al trámite de documentos de gestión; precisando además que la implementación de lo establecido en dicha disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del pliego SUNAT; Que conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 02-2015-SUNAT/8A0100 emitido por la O fi cina de Plani fi cación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, como consecuencia de la fusión de las Intendencias de Aduana de Paita y Chiclayo y de las Intendencias de Aduana de Mollendo y Arequipa y la creación de la Sección de Soporte Administrativo Ayacucho dispuestas mediante Resolución de Superintendencia Nº 391-2014/SUNAT que modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, se eliminan algunos cargos y se incorporan otros, sin que ello implique el incremento en la cantidad total de cargos directivos de la SUNAT; Que señala también el Informe Técnico referido que resulta necesario dotar a la Procuraduría Pública de un cargo de Procurador Adjunto a fi n de permitir una mejor estrategia de trabajo en el seguimiento de los casos judiciales a cargo de la entidad; así como reordenar, convirtiendo un cargo de Asistente Fiscalizador por uno de Asistente de Servicio al Contribuyente en el Grupo Ocupacional de Apoyo, a fi n de cumplir adecuadamente una sentencia de fi nitiva de reposición; Que como consecuencia de lo señalado, se propone eliminar catorce (14) cargos e incorporar ocho (8) cargos, así como reordenar un (1) cargo correspondiente al Grupo Ocupacional de Apoyo, ajustes que no implican incremento en la cantidad de cargos directivos así como tampoco en el Presupuesto Analítico de Personal de la SUNAT, según lo indica la O fi cina de Plani fi cación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; Que conforme se señala en el referido Informe Técnico, la propuesta de eliminación, incorporación y reordenamiento de cargos cumple con los criterios para la elaboración y aprobación del CAP que viene utilizando la SUNAT, recogiendo la clasi fi cación del empleo público aprobada mediante la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que de otro lado, el referido Informe Técnico propone la incorporación del cargo de Jefe de Sección de Soporte Administrativo Ayacucho dependiente de la O fi cina de Soporte Administrativo Ica en la relación de cargos clasi fi cados como Servidor Público – Directivo Superior de libre designación y remoción, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT y modi fi catorias, en concordancia con la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT dispuesta por la Resolución de Superintendencia Nº 391-2014/SUNAT; De conformidad con lo establecido en el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816, la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y en uso de la atribución conferida por el inciso d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la eliminación, incorporación y reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2010-EF y modi fi catorias, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Incorporar el cargo de Jefe de Sección de Soporte Administrativo Ayacucho dependiente de la Ofi cina de Soporte Administrativo Ica en la relación de cargos clasi fi cados como Servidor Público – Directivo Superior de libre designación y remoción, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT y modi fi catorias. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y el Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1191393-2 Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Arequipa RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 021-2015/SUNAT Lima, 21 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modi fi catorias, los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, intendencias regionales y o fi cinas zonales, deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales señalados expresamente para cada dependencia en el anexo Nº 3 de la citada resolución o a través de SUNAT virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de pago SUNAT – NPS para el pago de sus obligaciones tributarias; Que en el caso de la Intendencia Regional Arequipa, en el anexo Nº 3 de la resolución de superintendencia citada en el considerando anterior, se dispuso que el lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales estuviera ubicado en la calle Jerusalén Nº 100-102, esquina con la calle Mercaderes Nº 201, distrito, provincia y departamento de Arequipa; Que, a partir del 2 de febrero de 2015, el lugar de cumplimiento mencionado en el considerando anterior se traslada al local ubicado en la avenida Pizarro Nº 160 A, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; por lo que es necesario modi fi car el citado anexo Nº 3 en cuanto al lugar de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los principales contribuyentes que pertenecen al directorio de la mencionada Intendencia; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14º del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica la presente resolución