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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2015 (24/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Sábado 24 de enero de 2015 545324 impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; el artículo 3 del citado Decreto Supremo dispone que mediante Resolución Ministerial, cada Sector deberá aprobar y publicar metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 386-2009- PCM se aprobó la Directiva Nº 003-2009-PCM/SC “Guía Metodológica para la presentación de informes semestrales de evaluación de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento – Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM”; Que, para la formulación de Indicadores y Metas para el año 2015, las dependencias de la Presidencia del Consejo de Ministros y sus organismos públicos adscritos, han cumplido con presentar las propuestas de indicadores y metas con relación a la aplicación de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento; Que, en virtud a lo expuesto, resulta pertinente aprobar los Indicadores y Metas del Sector Presidencia del Consejo de Ministros para el año 2015; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modi fi catorias; y por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobación de los Indicadores y Metas de la PCM para el año 2015 Aprobar los Indicadores y Metas contenidos en el Anexo Nº 1 “Indicadores y Metas sobre Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el Sector PCM año 2015 en materias bajo supervisión de la PCM” y en el Anexo Nº 2 “Indicadores y Metas sobre Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el Sector PCM año 2015 en materias bajo supervisión de otros sectores”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Mediante los Indicadores y Metas indicados, se evaluará el cumplimiento de las Políticas Nacionales de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modi fi catorias, y según los criterios y formatos de evaluación señalados en la Directiva Nº 003-2009-PCM/SC “Guía Metodológica para la presentación de informes semestrales de evaluación de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento – Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 386-2009-PCM. Artículo 2 º.- De la Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, mientras que los Anexos Nº 1 y Nº 2 a que se re fi ere el artículo 1, serán publicados en el Portal Transparencia de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1192697-1 AGRICULTURA Y RIEGO Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Trabajo para la ejecución del Programa de Reconversión Productiva - PRP en el VRAEM” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0030-2015-MINAGRI Lima, 21 de enero de 2015VISTOS: El Memorándum N° 118-2014-MINAGRI-DVM- PA-DGAI /DG, de fecha 26 de diciembre de 2014, del Director General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, y el Informe N° 0011-2014-MINAGRI-DVM-PA-DGAI-DGD/JCM, de fecha 23 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 074-2012-PCM, se declara de prioridad nacional el desarrollo económico social y la paci fi cación del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, para lo cual las entidades del Estado deberán desplegar sus esfuerzos encaminados a este propósito; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0478-2012- AG, se aprueba el Plan de Intervención a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, para el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, denominado “Programa AGROVRAEM, Período 2013 – 2016”; Que, mediante el Decreto Supremo N° 011-2014- MINAGRI, se crea el “Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro” - PROVRAEM, en el ámbito del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0475-2014-MINAGRI, de fecha 20 de agosto de 2014, en adelante la Resolución Ministerial, se formalizó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, denominado “Mesa de Trabajo para la ejecución del Programa de Reconversión Productiva – PRP en el VRAEM”, con el objetivo de coordinar las acciones y actividades entre las instancias del Gobierno Nacional, sector privado y organizaciones sociales, que permitan impulsar el Programa de Reconversión Productiva; Que, asimismo, en su artículo 4, la Resolución Ministerial establece que la Mesa de Trabajo tendrá una vigencia no mayor de noventa (90) días calendario desde el día de su instalación, el cual ha vencido el día 15 de diciembre de 2014; Que, mediante documentos de Vistos, la Dirección General de Articulación Intergubernamental, señala que pese a lo fructífera de las sesiones de diálogo entre los actores involucrados en el proceso de reconversión productiva, el periodo establecido para su vigencia ha resultado insu fi ciente quedando asuntos por discutir, motivo por el cual las diferentes organizaciones que conforman la Mesa de Trabajo han solicitado la prórroga de su vigencia; Que, es necesario continuar con las actividades del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, denominado “Mesa de Trabajo para la ejecución del Programa de Reconversión Productiva – PRP en el VRAEM”; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo Único.- Prorrogar, con efectividad al 16 de diciembre de 2014 y como máximo hasta noventa (90) días calendario, la vigencia del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, denominado “Mesa de Trabajo para la ejecución del Programa de Reconversión Productiva – PRP en el VRAEM, formalizado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0475-2014-MINAGRI. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1192045-1