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El Peruano Sábado 24 de enero de 2015 545327 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26154, se crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado – FONANPE, como fondo fi duciario intangible destinado a la conservación, protección y manejo de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, el cual estará administrado por el PROFONANPE, institución de derecho privado sin fi nes de lucro y de interés público y social que goza de existencia legal y personería jurídica propia con arreglo a las normas del citado Decreto Ley, que se rige por sus Estatutos y en forma supletoria por las normas del Código Civil; Que, el Consejo Directivo del PROFONANPE está integrado por ocho integrantes, de los cuales cuatro son representantes del Estado, dos de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, un representante de los gremios empresariales, y un representante de una organización de cooperación internacional invitada a participar por el Ministerio del Ambiente – MINAM, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 26154, modi fi cado por los Decretos Legislativos Nº 1013 y N° 1039, y el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 024-93-AG, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2008-MINAM; Que, por Resolución Suprema Nº 009-2009-MINAM de 13 de mayo de 2009, se designó a los integrantes del Consejo Directivo del PROFONANPE, siendo rati fi cada su designación mediante Resolución Suprema Nº 007-2011-MINAM de 21 de julio de 2011, por un período adicional, en lo que se re fi ere a los representantes de una organización de cooperación internacional, de los gremios empresariales y de las dos organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, por lo que resulta necesario designar a los representantes de dichas organizaciones ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; Que, mediante carta CONFIEP PRE-141-2013, la Confederación de Instituciones Empresariales Peruanas – CONFIEP, designa al señor Pedro Alejandro Trillo Ramos como su representante ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; Que, asimismo mediante carta 0240-2013-AN-SE- T, la Asociación Nacional de Centros de Investigación, Promoción Social y Desarrollo – ANC comunica la designación del señor Juan Alberto Vaccari Chávez del Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente – IDMA; y, del señor Charles De Weck Pendavis del Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO, como representantes de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; Que, a través de la carta remitida por el Embajador de la República Federal de Alemania en Perú, comunica la designación de la señora Petra Schmidt, como representante ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 26154, Ley que crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado – FONANPE y su modi fi catoria, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-93-AG y su modi fi catoria, y el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, como integrantes del Consejo Directivo de PROFONANPE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a los representantes de las siguientes entidades: - Señor Pedro Alejandro Trillo Ramos, de la Confederación de Instituciones Empresariales Peruanas – CONFIEP, en representación de los gremios empresariales. - Señores Juan Alberto Vaccari Chávez y Charles De Weck Pendavis, en representación de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental. - Señora Petra Schmidt de la Embajada de la República Federal de Alemania en Perú, en representación de una organización internacional de asistencia técnica y fi nanciera. Artículo 2.- Déjese sin efecto las Resoluciones Supremas de designación de los anteriores integrantes del Consejo Directivo que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1192699-4 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Comercio Exterior y Turismo, correspondientes al Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2015-MINCETUR Lima, 15 de enero del 2015 Visto, el Informe Nº 09-2015-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local; y se dispuso que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios deben aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 027- 2007-PCM y sus modi fi catorias, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo ha presentado las metas y los indicadores de desempeño correspondientes al año 2015, que permitirán evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las mismas que han sido elaboradas en coordinación con las Unidades Orgánicas y Organismos adscritos al Sector; De conformidad con la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 05-2002-MINCETUR, y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que de fi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Comercio Exterior y Turismo,