Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2015 (24/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Sabado 24 de enero de 2015

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Finanzas de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Dias X X Personas 2 2 TOTAL US$ = US$ 6,480.00 = US$ 4,782.00 = US$ 11,262.00

Que, mediante Memorandum Multiple Nº 018-2015DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 13 de enero de 2015, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, en base a los documentos sustentatorios pertinentes, autorizo el viaje senalado en el considerando anterior, disponiendo la formulacion de la resolucion autoritativa correspondiente y advirtiendo ademas que el mismo irrogara gastos al Estado; Que, el numeral 3 del articulo 13° del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru, establece que el personal policial tiene derecho a la formacion, capacitacion, especializacion y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participacion en el evento indicado redundaran en el ambito de competencia de la Policia Nacional del Peru, debiendo senalarse que los gastos que irrogara dicha participacion por concepto de viaticos y pasajes aereos (ida y retorno), incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto, seran asumidos por la Unidad Ejecutora N° 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru; Que, por lo MORDAZA expuesto, resulta necesario autorizar el viaje al exterior en comision de servicios, del 25 al 31 de enero de 2015, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mijichich, a fin que participen en el evento MORDAZA mencionado, de acuerdo a las competencias funcionales de la Policia Nacional del Peru, toda vez que resulta de interes nacional e institucional; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las Normas Reglamentarias sobre Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicios, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mijichich, a la MORDAZA de MORDAZA ­ Confederacion Suiza, del 25 al 31 de enero de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 002: Direccion de Economia y

Viaticos US$ 540.00 X 6 Pasajes US$ 2,391.00 TOTAL VIATICOS Y PASAJES

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, los funcionarios a los que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion deberan presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1192701-6

Aprueban el "Plan Anual de Reduccion del Espacio Cocalero Ilegal en el Peru 2015"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 042-2015-IN/DGCO MORDAZA, 21 de enero de 2015 VISTO, el Oficio N° 000165-2015/IN/DGCO, a traves del cual la Direccion General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior solicita la aprobacion del "Plan Anual de Reduccion del Espacio Cocalero Ilegal en el Peru 2015", formulado por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial "Control y Reduccion del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga" - CORAH; CONSIDERANDO: Que, el articulo 8° de la Constitucion Politica del Peru, establece que el Estado combate y sanciona el Trafico Ilicito de Drogas; asimismo, regula el uso de los toxicos sociales; Que, el articulo 1° del Decreto Ley N° 22095, Ley de Represion del Trafico Ilicito de Drogas, establece que la reduccion de los cultivos de la planta de coca es uno de los objetivos de dicha Ley; Que, el articulo 31° del precitado dispositivo legal prescribe que queda terminantemente prohibido el cultivo de coca y almacigos en nuevas areas del territorio nacional; prohibicion que incluye renovaciones y recalces en los cultivos existentes; Que, por Decreto Supremo N° 043-82-AG se creo el Organismo Ejecutivo del Proyecto Especial "Control y Reduccion del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga" CORAH, como organo responsable de proyectar, ejecutar y controlar las medidas y acciones de reduccion del cultivo de coca; Que, por Resolucion Ministerial N° 0889-94-IN011100000000 del 27 de diciembre de 1994, se amplio el accionar del Proyecto Especial "CORAH" a todo el ambito nacional; Que, por Decreto Supremo N° 044-2003-PCM se dispuso la intervencion del Proyecto Especial CORAH en la eliminacion de almacigos y plantaciones nuevas

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