Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2015 (29/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015

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de Ratificacion de la Ordenanza de Estacionamiento Vehicular en Playas para el Distrito de Ancon; Que, siendo de caracter urgente el poder contar con una MORDAZA municipal que le permita a la administracion municipal proceder realizar el cobro por el servicio de Estacionamiento Vehicular en Playa para el ejercicio 2015, y no habiendo incremento alguno en la tasa determinada mediante Ordenanza Municipal N° 2782013-MDA ratificada con Acuerdo de Concejo N° 2766MML, es recomendable realizar la prorroga de la tasa por el servicio de Estacionamiento Vehicular temporada 2014 para el ejercicio 2015; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal Distrital de Ancon aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2015, LOS COSTOS Y TASAS POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR APROBADOS CON ORDENANZA MUNICIPAL N° 278-2013-MDA Articulo Primero.PRORROGUESE para el ejercicio 2015, en el MORDAZA legal, criterios de distribucion y tasas al Servicio de Estacionamiento Vehicular establecidos mediante Ordenanza Municipal N° 278-2013-MDA, ratificada por la Municipalidad Provincial de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo N° 2766-MML, en todo lo que no se oponga a lo regulado en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- El horario del servicio de Estacionamiento Vehicular se realizara de Lunes a Domingos en horario corrido de 09:00 hasta las 17:00 horas de manera ordinaria, durante el periodo y las zonas de estacionamiento establecidas en el articulo 1° de la Ordenanza 278-2013-MDA. Asi mismo de manera extraordinaria se brindara el Servicio los dias viernes y sabados durante el periodo establecido en la MORDAZA de estacionamiento denominada MORDAZA 2 de MORDAZA desde las 17:00 horas hasta las 23:00 horas. Articulo Tercero.- El monto de la tasa a pagar por estacionamiento vehicular es de S/. 0.50 (cincuenta centimos de sol) por cada treinta (30) minutos o fraccion que permanezca estacionado el vehiculo en la MORDAZA de estacionamiento municipal. Monto que se encuentra aprobado con Ordenanza Municipal N° 278-2013-MDA y ratificado con Acuerdo de Concejo N° 2766-MML. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicacion. Segunda.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas les, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Tecnologia de la Informacion, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA ARAKAKI MORDAZA MORDAZA 1193452-1

Prorrogan para el ejercicio 2015, los costos y tasas por el Servicio de Estacionamiento Vehicular aprobados con la Ordenanza Municipal N° 2782013-MDA
ORDENANZA Nº 305-2015-MDA Ancon, 19 de enero del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANCON CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; por ello el Concejo Municipal cumple una funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 74°, 191° inciso 4 del 195° e inciso 4 del articulo 200°, de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley de Reforma N° 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el TUO del Codigo Tributaria aprobado mediante Decreto Legislativo N° 133-2013-EF, establece en MORDAZA II del Titulo Preliminar que los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; Que, el Articulo 69° del Decreto Supremo N° 1562004-EF, sustituido por el Articulo 24° del Decreto Legislativo N° 952, dispone que la determinacion de las tasas debera sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial utilizandose de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado; Que, el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece que "las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia (..)"; Que, con fecha 20 de diciembre del 2013, la Municipalidad Provincial de MORDAZA aprobo mediante Acuerdo de Concejo N° 2766 ratificar la Ordenanza Municipal N° 278-2013-MDA que aprueba la tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las playas, para el ejercicio 2014, en el Distrito de Ancon, normas que fueron publicadas en el diario oficial El Peruano el 29 de Diciembre del 2013; Que, con Oficio N° 264-090-00000140 de fecha 14 de noviembre del 2014, el Servicio de Administracion Tributaria SAT de MORDAZA, hace la devolucion del expediente

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Ratifican monto de remuneracion mensual del MORDAZA y fijan montos de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2015/MDEA El MORDAZA, 28 de enero del 2015

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