Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2015 (29/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria General del Gobierno Regional de MORDAZA, realizar los tramites administrativos para la publicacion de la presente Ordenanza, asi como disponer su publicacion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ancash. Articulo Tercero.- VIGENCIA, la publicacion del contenido de la presente Ordenanza Regional entrara en Vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion del contenido de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano", en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital de la Region y en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ancash. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la MORDAZA de MORDAZA, en la Sede del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, 31 dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. MORDAZA M. MORDAZA BARRENECHEA Presidente Regional (e) 1193880-2

El Peruano Jueves 29 de enero de 2015

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen montos de remuneracion del MORDAZA y de dietas de Regidores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 010 MORDAZA, 22 de enero de 2015 Vistos en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de enero de 2015, el Dictamen N° 001-2015-MML.CMAEO, de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; el Proveido N° 323-15-MML-GMM, de la Gerencia Municipal Metropolitana; el Informe N° 092015-MML-GAJ, de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, el Informe N° 2015-01-001-MML/GF, de la Gerencia de Finanzas, que ponen a consideracion del concejo, el monto de la remuneracion del senor MORDAZA Metropolitano y las dietas de los senores Regidores. CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, contempla en sus articulos 12° y 21°, las disposiciones que son de aplicacion para establecer el monto al que ascendera la remuneracion de los Alcaldes, provinciales o distritales y las dietas de los Regidores municipales. Que, conforme al articulo 21° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, se advierte que el MORDAZA, percibe una remuneracion mensual que fija el concejo municipal, dentro del primer trimestre del ano de gestion; y, se determina de acuerdo a la capacidad economica de la institucion, previa constatacion presupuestal. Que, las disposiciones de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, deben ser aplicadas

en concordancia con aquellas contenidas en la Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado, Ley N° 28212, modificada por el Decreto de Urgencia N° 038-2006, que determina a la Unidad de Ingreso del Sector Publico - URSP, como elemento de referencia para las remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Esta ley precisa que el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, recibe una remuneracion mensual, por todo concepto, equivalente a cinco y media URSP, en referencia a la Unidad de Ingreso del Sector Publico que, para el ano 2015, fue aprobada por Decreto Supremo N° 055-2014PCM, por el monto de S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos con 00/100 Nuevos Soles). Que, como se aprecia, la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, en su articulo 21°, preve que la remuneracion del MORDAZA, se determina en funcion a la capacidad economica del gobierno local; sin embargo, MORDAZA es tambien que la Ley N° 28212, en su articulo 4° inciso d), ha determinado una equivalencia unica respecto a la remuneracion del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - cinco y media URSP - que debera ser la que corresponda a su remuneracion. Que, respecto a los Regidores municipales, el articulo 12° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las dietas que estos perciben, se fijan de acuerdo a la capacidad economica de la institucion, previas constataciones presupuestales; se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones del concejo; se otorgan con un MORDAZA de cuatro (4) al mes; y, se aprueban dentro del primer trimestre del ano de gestion. El Acuerdo de Concejo correspondiente se publica, en el caso de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el Diario Oficial El Peruano. Que, la Ley N° 28212, en su articulo 5°, especifica que los Regidores municipales, reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los concejos municipales, las cuales en ningun caso pueden superar, en total, el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Alcalde. Que, segun indica la Gerencia de Asuntos Juridicos, en su Informe N° 09-2015-MML-GAJ, de fecha 13 de enero de 2015, mediante Decreto Supremo N° 023-2014-EF, se aprobaron los montos por concepto de compensaciones economicas a funcionarios publicos de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; sin embargo, dicho dispositivo solo esta referido al monto de las remuneraciones de los funcionarios publicos de libre designacion o remocion, por lo que no aplica a los funcionarios de eleccion popular, directa y universal, como es el caso del senor MORDAZA y los Regidores municipales. Que, en el mismo informe de la Gerencia de Asuntos Juridicos, se indica que resulta de imperiosa necesidad contar con la opinion de la Gerencia de Finanzas, respecto a la existencia de recursos para determinar los montos que podrian corresponder a la remuneracion del senor MORDAZA y las dietas de los senores regidores. Que, la Gerencia de Finanzas con Informe N° 201501-001-MML/GF, del 15 de diciembre de 2015, senala que, mediante Acuerdo de Concejo N° 2456, del 16 de diciembre de 2014, se aprobo el Plan Operativo Institucional y Presupuesto 2015, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde se encuentra presupuestada la remuneracion del MORDAZA hasta por un monto anual de S/. 171,600 (Ciento Setenta y Un Mil con 00/100 Nuevos Soles); y, las dietas de los Regidores por un monto anual de S/. 2,007,720 (Dos Millones Siete Mil Setecientos Veinte con 00/100 Nuevos Soles). Mediante dicho informe, la Gerencia de Finanzas, emite la conformidad sobre los montos totales que pueden alcanzar las remuneraciones y dietas previstas para el MORDAZA y los Regidores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, los cuales son iguales a los que fueron fijados mediante Acuerdo de Concejo N° 009, de fecha 21 de enero de 2011. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion, en su Dictamen N° 001-2015-MML-CMAEO, aprobado por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero.- Mantener la remuneracion del senor MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, fijada en S/.14,300.00 (Catorce Mil Trescientos con 00/100 Nuevos

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