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El Peruano Viernes 30 de enero de 2015 545894 Designan funcionario responsable de entregar información al administrado en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 026-2015-MDLP-AL La Punta, 13 de enero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO:El Informe Nº 003-2015-MDLP/OPP de fecha 09 de enero de 2015, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, según el artículo 194º de la Constitución Política, modi fi cado por la Ley de reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, y posteriormente modi fi cado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que todas las entidades de la Administración Pública están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identi fi car al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado, según el artículo 3º; Que, con Informe de Visto, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto menciona que a través de la Resolución de Alcaldía Nº 024 del 04 de enero de 2011, modi fi cada por la Resolución de Alcaldía Nº 217 del 19 de noviembre de 2012 y la Resolución de Alcaldía Nº 096 del 030 de junio de 2014, se designó al Secretario General de esta entidad como funcionario responsable de entregar información al administrado en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que, al encontrarnos en una nueva gestión municipal, y habiendo un nuevo servidor responsable de dicha unidad orgánica, propone a éste como responsable del mencionado Portal; Estando a las consideraciones expuestas, contando con el visto de la Gerencia Municipal y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades que con fi ere el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nº 024 del 04 de enero de 2011, Nº 217 del 19 de noviembre de 2012 y Nº 096 del 03 de junio de 2014. Artículo 2.- Designar a partir de la fecha a ERICK CASIANO VALDIVIESO, Secretario General, como funcionario responsable información al administrado, en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo 3º.- Los funcionarios, directivos, servidores y trabajadores de la Municipalidad, en cumplimiento de las responsabilidades propias de sus cargos y de los encargos que les hubieran asignado, están en la obligación de ejecutar las acciones necesarias conducentes al suministro de información o fi cial y colaborar con el funcionario designado en el artículo primero de la presente Resolución, cuando los administrados lo requieran. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1191516-3 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN