Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2015 (30/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015

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de los gobiernos locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal, por el inciso 20) del articulo 9° de la ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD SE ACORDO: Articulo 1º.- ACEPTAR la donacion de US$ 12 000.00 (Doce mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de Norteamerica), ofrecida por la empresa Telefonica del Peru S.A.A, a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, destinada a la decoracion de los parques del Distrito de San MORDAZA, por navidad. Articulo 2º.- AGRADECER a la empresa Telefonica del Peru S.A.A, por la donacion citada en el articulo 1° del presente acuerdo. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la incorporacion en el presupuesto institucional de la donacion aceptada en el articulo precedente y a la Subgerencia de Tesoreria la ejecucion de la misma. Articulo 4º.- DISPENSAR el presente acuerdo del tramite de comisiones. Articulo 5°.- PUBLICAR el presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanmiguel.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA

Que, en tal virtud la MORDAZA IV del titulo preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº133-2013-EF, senala que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º y los articulos 39º y 40º de la Ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE DISPONE LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2015 EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA
Articulo 1º.- CELEBRAR el Matrimonio Civil Comunitario ano 2015, a realizarse el dia sabado 14 de febrero a las 12:00 horas en el MORDAZA Wallenberg, ubicado en el Circuito de Playas de la Costa MORDAZA del Distrito de San MORDAZA (Altura de la bajada Bertolotto, cuadra 1 de Av. Costanera) en el MORDAZA de las actividades por el dia de la amistad Articulo 2º.- EXONERAR a los contrayentes, por unica vez, de todo pago por concepto de derechos de tramitacion, asi como cualquier otro derivado del mismo. Articulo 3°.- DISPENSAR, por esta vez, a los contrayentes, de la publicacion del aviso matrimonial correspondiente. Articulo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la difusion del Matrimonio Civil Comunitario del ano 2015, asi como la adecuada orientacion a los interesados. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban el Regimen de incentivo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2015
ORDENANZA Nº 00156 /MDSA
MORDAZA MORDAZA, 30 de diciembre del 2015 VISTO: El Memorandum Nº 442-2014-GR-GG/MDSA de la Gerencia de Rentas, por el cual se presenta el Proyecto de Ordenanza para aprobar el Regimen de Incentivo por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2015. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley, siendo las Ordenanzas normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal. Que, el inciso a) del Articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y la MORDAZA II del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, senalan que los arbitrios son las tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente. Que, estando a las normas expuestas y siendo funcion de esta Gestion Municipal promover politicas tributarias para incentivar a los contribuyentes al cumplimiento

Aceptan donacion monetaria a favor de la Municipalidad, destinada a la decoracion de parques del distrito
ACUERDO DE CONCEJO N° 007-2015-MDSM
San MORDAZA, 19 de enero de 2015 VISTOS, en sesion de concejo celebrada en la fecha, el Memorando N°033-2015-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el Informe N°014-2015-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe Nº007-2015GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº016-2015-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Administracion y Finanzas, senala que con fecha 29 de diciembre de 2014, la empresa Telefonica del Peru S.A.A entrego la suma de US$ 12 000.00 (Doce mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de Norteamerica) a traves de cheque de gerencia N°0997452180092410 00000000010, por concepto de donacion a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, destinada a la decoracion de los parques del Distrito de San MORDAZA, por navidad; Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Asuntos Juridicos, precisa que el numeral 20) del articulo 9° de la ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde al concejo municipal aceptar las donaciones o cualquier otra liberalidad; los mismos que constituyen patrimonio de cada municipalidad, de conformidad con el inciso 7) del articulo 56° de la misma ley; Que, a su vez el articulo 69° de la ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los recursos provenientes de donaciones dinerarias ofrecidas de instituciones nacionales publicas o privadas seran aprobadas mediante acuerdo de concejo en el caso

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