Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2015 (30/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015 545883 Proempleo, referida a la publicación de las vacantes de empleo. Que, a través de la Resolución Jefatural N.° 001-004- 00003389, de fecha 29 de agosto de 2014, se designó al señor Nazario Félix Tintaya Alanoca, en su calidad de Gerente de Recursos Humanos del SAT, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo señalado en el Decreto Supremo N.° 012-2004-TR. Que, mediante Resolución Jefatural N.º 001-004- 00003447, de fecha 2 de enero de 2015, se dejó sin efecto la designación del citado funcionario como Gerente de Recursos Humanos del SAT y se designó a la señora Carmen Rosa Yzasiga Mendoza como titular de la mencionada gerencia, a partir del 3 de enero de 2015. Que, a través del Memorando N.º 245-092-00000444, recibido el 2 de enero de 2015, la Gerencia Central de Administración de Recursos solicita dejar sin efecto la Resolución Jefatural N.º 001-004-00003389 mediante la cual se designó al señor Nazario Félix Tintaya Alanoca como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SAT a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y se designe a la señora Carmen Rosa Yzasiga Mendoza, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la entidad señalada. Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por la Ordenanza N.° 1698, y a lo señalado en el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 012-2004-TR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 001-004-00003389, a partir del 3 de enero de 2015. Artículo Segundo.- Designar a la señora Carmen Rosa Yzasiga Mendoza, en su calidad de Gerente de Recursos Humanos del SAT, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo señalado en el Decreto Supremo N.° 012-2004-TR, a partir del 3 de enero de 2015. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANITZA CLARA MILOSEVICH CABALLERO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1193925-3 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Declaran en situación de emergencia económica, administrativa y financiera a la Municipalidad Distrital de Breña ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2015/MDB Breña, 17 de enero del 2015. El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 008 -2015-GM/MDB de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 013-2015-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 14-2015-GM/MDB, el Informe Nº 02-2015-GAF/MDB de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 04-2015 de la Gerencia de Plani fi cación, Informe Nº 002-2015-GATR/MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe Nº 002-2015-GDU-SGOPPT/MDB de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Dictamen Nº 01-2015-CEPP/MDB de la Comisión Permanente de Regidores de Economia, Presupuesto y Plani fi cación, sobre declaratória de Emergencia, Administrativa, Económica y Financiera por el plazo de 90 dias; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional conforme se establece en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Informe Nº 002-2015-GAF/MDB la Gerencia de Administración y Finanzas, luego de la evaluación y análisis del estado situacional, concluye: (i) Que, la Municipalidad Distrital de Breña presenta un dé fi cit económico de apertura de S/. 6,077,369.00 para el ejercicio 2015, debido a que los ingresos previstos son insu fi cientes para cubrir fi nancieramente los gastos presupuestados, lo que implica falta de disponibilidad fi nanciera para atender las obligaciones de pago que se realicen, con el consiguiente riesgo de generar reclamos por falta de pago y contingencias legales en contra de la Municipalidad. (ii) Los rubros de fi nanciamiento 09- Recursos Directamente Recaudados y 08 - Impuestos Municipales, que representan en conjunto el 88% de los ingresos institucionales, son económicamente de fi citarios para el ejercicio 2015, lo que signi fi ca que la Municipalidad se encuentra en una situación fi nanciera de alto riesgo de insolvencia y falta de liquidez para cumplir con sus obligaciones de pago más elementales y por consiguiente se afecte negativamente la adecuada prestación de servicios a la Comunidad. (iii) Al 31.12.2014 la Municipalidad Distrital de Breña registra en sus estados fi nancieros una deuda acumulada de S/. 84,050,034.72, la misma que es fi nancieramente imposible de ser pagada con los recursos, toda vez que la citada deuda representa cuatro veces los ingresos anuales de la Municipalidad; (iv) El Presupuesto de Ingresos del ejercicio se encuentra sobrestimado en promedio en 44% respecto de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2014, especialmente el Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados que presenta una sobre estimación del 83%; lo cual, genera expectativas de gastos que no cuentan con el respaldo fi nanciero correspondiente, lo que podría ocasionar que se generen obligaciones de pago que no cuenten con disponibilidad fi nanciera, con el consiguiente incumplimiento de pagos y posterior reclamo de los trabajadores, proveedores y contratistas, así como las contingencias legales en contra de la Municipalidad. En mérito a lo señalado, recomienda que se gestione ante el Concejo Municipal a fi n de que se declare en Emergencia Financiera y Administrativa de la Municipalidad Distrital d Breña, de manera que permita adoptar oportunamente las medidas preventivas y correctivas necesarias para sanear la situación fi nanciera y administrativa y lograr el equilibrio fi nanciero institucional; por consiguiente brindar adecuadamente los servicios a la Comunidad; Que, a través del Informe Nº 014-2015-GPP/MDB del 14.01.2015, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, luego de la evaluación respectiva, concluye en que dada la inexistencia y desactualización de los instrumentos y documentos de gestión que deberían guiar el accionar de la Corporación Edil, recomienda se declare en Emergencia Administrativa, Presupuestal, Económica y Financiera la Entidad, situación que permitirá tomar las acciones pertinentes a fi n de plani fi car, la elaboración y/ o actualización de los mismos conforme las prioridades que establezca la Alta dirección y a la disponibilidad de recursos presupuestales y fi nancieros que exista; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas mediante el Informe Nº 002-2015-GATR/MDB, señala que según la información suministrada por la Subgerencia de Estadística e Informática durante el Ejercicio 2014, la emisión mecanizada de las Cuponeras por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ascendió a