Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2015 (30/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015

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MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Informe Nº 002-2015-GDU-SGOPPT/MDB de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Dictamen Nº 01-2015CEPP/MDB de la Comision Permanente de Regidores de Economia, Presupuesto y Planificacion, sobre declaratoria de Emergencia, Administrativa, Economica y Financiera por el plazo de 90 dias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional conforme se establece en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante el Informe Nº 002-2015-GAF/MDB la Gerencia de Administracion y Finanzas, luego de la evaluacion y analisis del estado situacional, concluye: (i) Que, la Municipalidad Distrital de Brena presenta un deficit economico de apertura de S/. 6,077,369.00 para el ejercicio 2015, debido a que los ingresos previstos son insuficientes para cubrir financieramente los gastos presupuestados, lo que implica falta de disponibilidad financiera para atender las obligaciones de pago que se realicen, con el consiguiente riesgo de generar reclamos por falta de pago y contingencias legales en contra de la Municipalidad. (ii) Los rubros de financiamiento 09- Recursos Directamente Recaudados y 08 - Impuestos Municipales, que representan en conjunto el 88% de los ingresos institucionales, son economicamente deficitarios para el ejercicio 2015, lo que significa que la Municipalidad se encuentra en una situacion financiera de alto riesgo de insolvencia y falta de liquidez para cumplir con sus obligaciones de pago mas elementales y por consiguiente se afecte negativamente la adecuada prestacion de servicios a la Comunidad. (iii) Al 31.12.2014 la Municipalidad Distrital de Brena registra en sus estados financieros una deuda acumulada de S/. 84,050,034.72, la misma que es financieramente imposible de ser pagada con los recursos, toda vez que la citada deuda representa cuatro veces los ingresos anuales de la Municipalidad; (iv) El Presupuesto de Ingresos del ejercicio se encuentra sobrestimado en promedio en 44% respecto de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2014, especialmente el Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados que presenta una sobre estimacion del 83%; lo cual, genera expectativas de gastos que no cuentan con el respaldo financiero correspondiente, lo que podria ocasionar que se generen obligaciones de pago que no cuenten con disponibilidad financiera, con el consiguiente incumplimiento de pagos y posterior reclamo de los trabajadores, proveedores y contratistas, asi como las contingencias legales en contra de la Municipalidad. En merito a lo senalado, recomienda que se gestione ante el Concejo Municipal a fin de que se declare en Emergencia Financiera y Administrativa de la Municipalidad Distrital d Brena, de manera que permita adoptar oportunamente las medidas preventivas y correctivas necesarias para sanear la situacion financiera y administrativa y lograr el equilibrio financiero institucional; por consiguiente brindar adecuadamente los servicios a la Comunidad; Que, a traves del Informe Nº 014-2015-GPP/MDB del 14.01.2015, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, luego de la evaluacion respectiva, concluye en que dada la inexistencia y desactualizacion de los instrumentos y documentos de gestion que deberian guiar el accionar de la Corporacion MORDAZA, recomienda se declare en Emergencia Administrativa, Presupuestal, Economica y Financiera la Entidad, situacion que permitira tomar las acciones pertinentes a fin de planificar, la elaboracion y/ o actualizacion de los mismos conforme las prioridades que establezca la Alta direccion y a la disponibilidad de recursos presupuestales y financieros que exista; Que, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas mediante el Informe Nº 002-2015-GATR/MDB, senala que segun la informacion suministrada por la Subgerencia de Estadistica e Informatica durante el Ejercicio 2014, la emision mecanizada de las Cuponeras por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ascendio a

Proempleo, referida a la publicacion de las vacantes de empleo. Que, a traves de la Resolucion Jefatural N.° 001-00400003389, de fecha 29 de agosto de 2014, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alanoca, en su calidad de Gerente de Recursos Humanos del SAT, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme a lo senalado en el Decreto Supremo N.° 012-2004-TR. Que, mediante Resolucion Jefatural N.º 001-00400003447, de fecha 2 de enero de 2015, se dejo sin efecto la designacion del citado funcionario como Gerente de Recursos Humanos del SAT y se designo a la senora MORDAZA MORDAZA Yzasiga MORDAZA como titular de la mencionada gerencia, a partir del 3 de enero de 2015. Que, a traves del Memorando N.º 245-092-00000444, recibido el 2 de enero de 2015, la Gerencia Central de Administracion de Recursos solicita dejar sin efecto la Resolucion Jefatural N.º 001-004-00003389 mediante la cual se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alanoca como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SAT a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y se designe a la senora MORDAZA MORDAZA Yzasiga MORDAZA, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la entidad senalada. Estando a lo dispuesto por el articulo 12 y el inciso e) del articulo 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones del SAT, aprobado por la Ordenanza N.° 1698, y a lo senalado en el articulo 2 del Decreto Supremo N.° 012-2004-TR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 001-004-00003389, a partir del 3 de enero de 2015. Articulo Segundo.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA Yzasiga MORDAZA, en su calidad de Gerente de Recursos Humanos del SAT, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo que el SAT tenga previsto concursar, a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme a lo senalado en el Decreto Supremo N.° 0122004-TR, a partir del 3 de enero de 2015. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA Institucional del Servicio de Administracion Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MILOSEVICH MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria

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MUNICIPALIDAD DE BRENA
Declaran en situacion de emergencia economica, administrativa y financiera a la Municipalidad Distrital de Brena
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2015/MDB
Brena, 17 de enero del 2015. El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 008 -2015-GM/MDB de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 013-2015-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorando Nº 14-2015-GM/MDB, el Informe Nº 02-2015-GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Informe Nº 04-2015 de la Gerencia de Planificacion, Informe Nº 002-2015-GATR/

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