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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2015 (30/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015 545891 y bene fi cios de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma y disposiciones legales vigentes. La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fi jado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas”; Que, mediante Memorándum Nº 917-2014-GPPDI- MSS del 09.12.2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional señala que, en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2015, se ha considerado la remuneración del señor Alcalde vigente al 31.12.2014 y por ende, los mismos montos por concepto de dieta que percibe cada Regidor; Que, con Informe Nº 921-2014-GAJ-MSS del 10.12.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina procedente la rati fi cación de los montos fi jados mediante Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS del 27.01.2012, ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 004-2013-ACSS del 30.01.2013, y Acuerdo de Concejo N° 007-2014-ACSS del 07.01.2014, que fi ja la remuneración del señor Alcalde y la dieta de los señores Regidores, los mismos que regirán para el ejercicio 2015, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Decreto de Supremo Nº 025-2007-PCM; Estando a lo expuesto, en el Informe Nº 921-2014-GAJ- MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los Artículos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Pleno de Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- . RATIFICAR, el Acuerdo de Concejo N° 007-2014-ACSS del 07.01.2014, que establece el ingreso mensual que por todo concepto percibe el señor Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, para el presente Ejercicio Presupuestal 2015, el mismo que será, por la suma de NUEVE MIL CIEN y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 9,100.00). Artículo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo N° 007-2014-ACSS del 07.01.2014, que establece que, el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, será de un monto que no supera en total el 30% del ingreso mensual del señor Alcalde, equivalente a DOS MIL SETECIENTOS TREINTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,730.00). Abonándose hasta por un máximo de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2015. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1194660-1 Designan Regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción, de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2015 ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2015-ACSS Santiago de Surco, 8 de enero de 2015 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO:Que, teniendo en consideración la propuesta del señor Alcalde, para la conformación de la Comisión contra la Corrupción para el presente año, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 3° y 4° de la Ordenanza N° 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Decreto de Alcaldía N° 12-99-DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza Nº 454-MSS y los Artículos 109° y 110° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD adoptó el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Designar a los señores Regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2015, presidida por el señor Alcalde ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA, la misma que estará integrada según se señala a continuación: 1) Gustavo Luis Delgado Picón 2) José Luis Pérez Aleman3) Aurelio José Dionisio Sousa Lossio Artículo Segundo.- La Gerencia de Participación Vecinal, en un plazo no mayor a treinta (30) días, remitirá al Despacho de Alcaldía la nómina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del Distrito e informará los resultados de las acciones que realice, para dar cumplimiento al numeral 4) del Artículo Tercero de la Ordenanza N° 102 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de completar la conformación de la Comisión contra la Corrupción. Artículo Tercero.- Establecer que el período de vigencia de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago es por un año, la cual continuará su vigencia hasta que se nombre la nueva comisión. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1194660-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Fijan monto de remuneración del Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-002-2015 La Punta, 6 de enero del 2015. El Concejo de la Municipalidad Distrital de La PuntaVISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal la propuesta del Despacho de Alcaldía respecto a la remuneración del alcalde del Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitución Política del Perú en su artículo 194° y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el inciso 28) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores;