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El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545947 institucional que tenga permanencia en el tiempo y que se incorpore a las actividades de control y prevención a desplegarse por esta O fi cina Desconcentrada en el presente periodo 2015-2016. Cuarto: Del sustento normativo: El nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA establece en su artículo 55° numerales 1) y 2) que son funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, el recibir y tramitar las quejas verbales por retardo de justicia y otras irregularidades que se formulen, desarrollando coordinaciones necesarias para su solución respectiva. Asimismo, el artículo 13° numeral 3) del mismo cuerpo normativo señala que es función del Jefe de la ODECMA, disponer y practicar operáticos de control, siendo en este caso, la implementación del programa de atención de quejas verbales, una acción de control preventivo, que puede ser autorizada al amparo de las funciones de plani fi cación, organización y dirección de la ODECMA establecidas en el artículo 13° numeral 1) del Reglamento precitado. Quinto: Mediante O fi cio N° 06-2015-UDUJ-ODECMA- Callao, de fecha 28 de enero del presente año, remitido por la Magistrada Fanny Yesenia García Juárez, Juez Especializado Titular, Integrante de la Unidad de Defensoría al Usuario Judicial, informa a esta Jefatura, que dicha Unidad viene recibiendo de manera reiterada quejas por retardo en la atención de los escritos presentados ante los Juzgados de Paz Letrados del Callao, lo cual sobrepasa el plazo razonable, y es lo que genera la mayor incidencia de quejas verbales. Sexto: Estando al inicio del presente año judicial, y conforme a lo informado por la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial, corresponde implementar el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA Callao, del cual se ha advertido aceptación por parte del público y coadyuva a la función preventiva de esta Oficina de Control, encargando a la Magistrada Integrante de la Unidad de Defensoría al Usuario la ejecución del citado Programa, dando cuenta a esta Jefatura en forma permanente, debiendo coordinar lo necesario respecto a la ejecución, con conocimiento del Jefe de la Unidad de Investigaciones y Visitas de ODECMA Callao, cuando amerite el despliegue de acciones siempre y cuando no afecten el programa de visitas judiciales ordinarias que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada. Sétimo: DISPONER la publicación de la presente resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, solicítese a la Administración Distrital otorgue el apoyo logístico necesario, para la ejecución del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA Callao. Por tales consideraciones, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por el numeral 1) del artículo 13° del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura. SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPLEMENTAR el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Callao, por medio del cual se instalarán en forma temporal e itinerante, módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales de los ciudadanos, ejecutándose en forma progresiva en sedes judiciales periféricas, iniciándose en la sede de los Juzgados de Paz Letrados del Callao, dependencia jurisdiccional que se encuentra ubicada en la Av. Sáenz Peña 472 – Callao, así como en aquellas en las que sea necesario habilitar dichos módulos de atención para garantizar un servicio de atención oportuno y efi caz a los reclamos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Doctora Fanny Yesenia García Juárez, Juez Especializado Titular, Integrante de la Unidad de Defensoría al Usuario Judicial la ejecución del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA Callao, la cual se instalará en los Juzgados de Paz Letrados del Callao, dando cuenta a esta Jefatura en forma permanente, coordinando de ser necesario con el Jefe de la Unidad de Investigaciones y Visitas de ODECMA Callao, a fi n de desplegar acciones siempre y cuando no afecten el programa de visitas judiciales ordinarias que lleva a cabo la citada Unidad. Artículo Tercero.- DISPONER que el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Callao, inicie formalmente sus funciones en el mes de marzo del presente año, conforme el rol establecido en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ESTABLECER el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Callao, para el presente año judicial 2015, mediante el cual la Magistrada contralora se constituirá conjuntamente con el personal asistente, a la Sede Judicial de la Av. Sáenz Peña 472 – Callao, en donde se ubican los Juzgados de Paz Letrados del Callao, a efectos de recabar y tramitar las quejas verbales de los ciudadanos, propendiendo a dar solución inmediata, conforme a la programación señalada en el siguiente cuadro: MAGISTRADA DÍAS HORASEDE JUDICIAL Dra. Fanny García JuárezJUEVES08:00 a.m. a 12:00 m.Juzgados de Paz Letrado Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, de los Magistrados de la Unidad de Defensoría al Usuario Judicial, de los Magistrados de la Unidad de Investigaciones y Visitas, de la Gerencia de Administración de esta Corte Superior de Justicia, de la O fi cina Distrital de Imagen Institucional de esta Corte Superior, de los Jueces de los Juzgados de Paz Letrados del Callao y de los Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Callao. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO OBANDO BLANCO Juez Superior TitularJefe de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao 1195460-1 Establecen disposiciones relativas al cierre de ingreso de expedientes nuevos al 2°Juzgado Civil de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA ACUERDO DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 032-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 27 de enero de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 435-2014- CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de enero de 2015; la Resolución Administrativa de Presidencia N° 028-2015-P-CSJV/PJ de fecha 13 de enero de 2015; el Informe N° 003-2015 de fecha 26 de enero de 2015; y el Acta de Sala Plena de fecha 27 de enero de 2015, que contiene el acuerdo adoptado. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa de Presidencia Nº 028-2015-P-CSJV/PJ de fecha 13 de enero de 2014, en cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 435-2014-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 13 de enero de 2015, se procedió a la redistribución de expedientes en materia civil y laboral