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El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545964 Que, la O fi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Kimsa Marka, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Departamento de Puno, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, habiendo sido cali fi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las O fi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Kimsa Marka, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Departamento de Puno. Artículo 2°.- El Jefe de la O fi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la O fi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Kimsa Marka, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Departamento de Puno; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.-JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1195448-1 Disponen la gratuidad de procedimientos y entrega del DNI para personas con urgencias médicas, o que se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 020-2015/JNAC/RENIEC Lima, 30 de enero de 2015VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000171-2014/ GRIAS/RENIEC (29OCT2014), los Memorandos Nº 001063-2014/GRIAS/RENIEC (24DIC2014) y Nº 000017-2015/GRIAS/RENIEC (13ENE2015) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Informe Nº 000027-2014/GRIAS/SGFI/RENIEC (27OCT2014) y la Hoja de Elevación Nº 000132-2014/GRIAS/SGFI/RENIEC (24DIC2014) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, los Memorandos Nº 003781-2014/GPP/RENIEC (24NOV2014) y Nº 004265-2014/GPP/RENIEC (26DIC2014) y la Hoja de Elevación Nº 000008-2015/GPP/RENIEC (13ENE2015) de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Nº 003519-2014/GPP/SGP/RENIEC (26DIC2014) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, los Informes Nº 000161-2014/GPP/SGPL/RENIEC (24NOV2014) y Nº 000178-2014/GPP/SGPL/RENIEC (26DIC2014) de la Sub Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Nº 000028- 2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (20ENE2015) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000049-2015/GAJ/RENIEC (20ENE2015) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identi fi cación que los individualice; Que, en virtud a lo establecido en el artículo 122º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad, considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; Que en virtud a ello, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social mediante los documentos de vistos, mani fi esta que correspondería emitirse la Resolución Jefatural que disponga la gratuidad de los procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas, requieran de intervención quirúrgica o necesiten a fi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiendo personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesias u organizaciones de la sociedad Civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada. De igual manera en la renovación y duplicado para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales, o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada; Que, asimismo se autorice de manera excepcional la gratuidad en el cambio del lugar de entrega del documento nacional de identidad y permitir que la entrega del documento nacional de identidad de menores de edad se realice a un familiar consanguíneo (abuelos, hermanos mayores de edad, tíos) o terceros, presentando el formato de carta poder otorgado por el progenitor declarante; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional