Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2015 (01/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 1 de febrero de 2015

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Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anualmente y se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto. Que, la cuarta disposicion Final del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal ­ Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida de distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de Enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, es necesario establecer la nueva estructura de costos por concepto del derecho de actualizacion de valores, emision y distribucion de valores correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del correspondiente ejercicio 2015, todo ello dentro del MORDAZA legal precisado ut supra y por tanto, los montos propuestos se encuentran dentro de los limites establecidos en la Cuarta Disposicion Final del precitado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal ­ Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, siendo por tanto competencia del Concejo Municipal de Cerro MORDAZA, aprobar la ordenanza que establezca el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos Municipales y recibos de pagos correspondientes asi como la distribucion de los tributos denominados Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2015, conforme a lo establecido en los articulos 9º incisos 8) 9), 40º y 70º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Desarrollado el debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA PARA LA DETERMINACIOON DEL IMPUESTO PREDIAL Y FIJACION DEL MONTO DE DISTRIBUCION Y DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACAION DE VALORES, CORRESPONDIENTE AL ANO FISCAL 2015 Articulo Primero.- APROBAR, la estructura de costos por concepto de derechos de actualizacion, emision mecanizada y distribucion de los formularios HR (Hoja de Resumen), PU (Predio Urbano), PR (Predio Rustico) y HL (Hoja de Liquidacion) del Impuesto Predial, asi como de los Arbitrios Municipales correspondiente al ano fiscal 2015, en la jurisdiccion del distrito de Cerro Azul. Articulo Segundo.- FIJAR en 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de Enero del ano 2015, el monto que debera abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores por la determinacion del Impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion Jurada del Impuesto Predial Arbitrios Municipales y Recibo de Pagos, correspondiente al ano fiscal 2015. Por cada predio adicional se abonara el 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1º de Enero del ano 2015 por el derecho mencionado. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El MORDAZA mediante decreto de Alcaldia podra dictar las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza sera de aplicacion en el Ano fiscal 2015. Tercera.- Deroguese y/o deje sin efecto toda disposicion normativa y/o administrativa que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1195170-1

previos a la MORDAZA de su solicitud, no sera exigible el requisito. San MORDAZA, _______________ de 2015 Firma: _______________________

1195716-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA
Aprueban Ordenanza para la determinacion del Impuesto Predial y fijacion del monto de distribucion y derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, correspondiente al Ano Fiscal 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 01-2015/MDCA Cerro MORDAZA, 21 de enero del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Cerro MORDAZA visto en Sesion Ordinaria de fecha dieciseis de enero del dos mil quince; y el informe Nº09-2015-GAT-MDCA de fecha dieciocho de enero del dos mil quince, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO Que, el articulo 194º de la constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades son organos de Gobiernos Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972 y, que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, no existe MORDAZA absoluta para el ejercicio de dicha autonomia, porque tal y conforme se precisa en la Ley Organica de Municipalidades ­Ley 27972, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los limites que senala la Ley. Que, el articulo 74º y el numeral 4) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, reconocen a los Gobiernos competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad a lo precisado en el Articulo 70º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, el sistema tributario de las Municipalidades, se rige por la Ley Especial y el Codigo Tributario en la parte pertinente; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 29792 en concordancia con lo precisado por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 133-2013-EF dispone que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el ultimo parrafo del articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal-Decreto

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