Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2015 (01/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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general: "Reducir la Mortalidad Materna y Perinatal en el Peru, como expresion de una maternidad saludable, MORDAZA y voluntaria; con la participacion multisectorial y el compromiso de la sociedad civil"; asi como el Objeto Estrategico Nº 1: "Lograr el compromiso politico y multisectorial para la reduccion de la mortalidad materna en los tres del Estado y en los diferentes niveles del gobierno nacional, regional y local". Que, en el ejercicio de las competencias transferencias a los gobiernos regionales. La MORDAZA cuenta con una Politica Regional de Salud aprobada con Ordenanza Regional Nº 020-2009-GR-LL/CR, la cual se fundamente en cinco ejes de trabajo, con el fin de reorientar la gestion hacia el logro de resultados sanitarios optimos, desde una vision sistematica y territorial de la salud, compartida con todos los actores sociales de nuestra region cuyo entendimiento de la salud, es el sinonimo de Desarrollo Humano. Por ello, dicha politica se constituyo sobre la base de nueve prioridades sanitarias regional en las que "Mortalidad Materna" es una de ellas. Que, la Ordenanza Regional Nº 015-2008-GR-LLCR, aprobada el 17 de junio del 2008, complementa como Politica Regional de Salud Publica en la Region La MORDAZA la implementacion del Sistema de Referencia y Contrareferencia para la atencion de emergencias obstetricas y neonatales en los servicios de salud publicos y privados ademas dispone que todas las entidades dependientes del Gobierno Regional La MORDAZA, contribuyan con los recursos necesarios para facilitar la comunicacion y el traslado inmediato de las emergencias neonatales. Que, se ha aprobado los "Lineamientos Sanitarios para la Prevencion y Control de Mortalidad Materna, Fetal y Neonatal en la Region La MORDAZA ­ 2011" a traves de Resolucion Gerencial Nº 0306-2011-GR.LL/GGR/GRSS; el mismo que sigue vigente hasta la actualidad, que brinda las pautas y estrategias con participacion del sector salud, los gobiernos locales y la comunidad en general, asi como la gestion territorial para el rediseno de la vigilancia comunal, actualizacion y extension de las agendas transectorial y pactos territoriales, promocion del gasto presupuestal de los gobiernos locales, promocion de la implementacion de politicas publicas para el abordaje de muerte materna. Que, en nuestra region la tendencia en la razon de muerte materna, ha tenido un comportamiento muy singular. En el ano 2007 se tenia una razon de muerte materna de 165.2 por cada 100,000 n.v. en el ano 2008, aparentemente se tiene un pico en la razon de muerte materna 219.05 x cada 100,000 n.v y mas aun para el ano 2010 disminuye a 137.02 por cada 100,000 n.v. Sin embargo, para el ano 2011 se produce un MORDAZA pico, especialmente en el MORDAZA semestre llegandose a una razon de mortalidad materna de 162.79 por cada 100,000 n.v (por encima del promedio nacional) mientras que en el ano 2012, se disminuyo notablemente a un razon de 119.19 por cada 100,000 n.v (32 casos) constituyendose el reporte anual, de numero de casos mas bajo desde el ano 1999. Por otro lado continua la tendencia predominante de casos en zonas de MORDAZA (56%) y el MORDAZA de muerte materna directa (66%) siendo la hemorragia obstetrica la causa mas frecuente (31%) en especial aquella relacionada a la atencion del parto en comunidad por personas no calificadas, lo que tiene una relacion directa con la inoportuna referencia de la gestante en situacion de emergencia, desde la comunidad hacia los servicios de salud (ASIS 2012-GERESA LL). Que, el Informe Defensorial Nº 138 "Derecho a una Maternidad Segura: Supervision Nacional a los Servicios de Ginecologia y Obstetricia del MINSA", tuvo por objeto evaluar ciertos aspectos de la atencion de la salud de las mujeres durante la etapa prenatal, el parto y el puerperio, presentandose un diagnostico preliminar sobre la situacion de los servicios de ginecologia y obstetricia de las diversas regiones del MORDAZA, dentro de ellas la Region La MORDAZA, dejando recomendaciones que deben ser acogidas por los diversos sectores de la administracion estatal que tienen la responsabilidad de adoptarlas. Su atencion evitara que se sigan produciendose muertes de mujeres por motivos relacionados con el embarazo y el parto, ademas de propiciar el diseno y ejecucion de politicas publicas en salud que incorporen los enfoques de derechos humanos, genero e interculturalidad con el

El Peruano MORDAZA 1 de febrero de 2015

fin de garantizar el acceso de las mujeres a tales servicios publicos. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR la PARTICIPACION Y RESPONSABILIDAD TRANSECTORIAL EN LA PREVENCION Y CONTROL DE MORTALIDAD MATERNA, la cual tiene alcance regional y tiene por finalidad el apoyo comunicacional y el traslado de las emergencias obstetricas y neonatales, disponiendo acciones conjuntas con las instituciones representativas del Estado, los organismos dependientes del Gobierno Regional, asi como la cooperacion multisectorial de los Gobiernos Locales, Organizaciones No Gubernamentales, Empresas Privadas, Sociedad Civil Organizadas, personas juridicas y comunidad en general. Articulo Segundo.- DISPONER que las instituciones dependientes del Gobierno Regional de La MORDAZA apoyen prioritariamente el traslado de las emergencias obstetricas y neonatales, pudiendo disponer el uso de vehiculos asignados a su servicio para tal fin, trasladando al MORDAZA hacia el establecimiento de salud mas cercano o de un establecimiento a otro de mayor capacidad resolutiva, segun la complejidad del caso; debiendo ser acompanado por personal de salud calificado. Articulo Tercero.- INSTAR al personal de Salud de las Redes, Micro Redes y Establecimientos de Salud de la Region la ejecucion de las siguientes acciones: a) Optimizar la cobertura de gestantes controladas. b) Optimizar la cobertura de puerperas controladas. c) Garantizar un parto institucional. d) Aplicar plan de parto en MORDAZA y tercera sesion al 100% e) Atender al 100% de las gestantes con complicaciones. f) Garantizar la atencion en planificacion familiar al 100% de mujeres en edad fertil con alto riesgo reproductivo. g) Efectuar el seguimiento de cumplimiento de la Ordenanza Regional Nº 015-2008-GR-LL-CR. Articulo Cuarto.- PROMOVER Y FOMENTAR la emision de ordenanzas municipales provinciales y distritales, que persigan la sensibilizacion y difusion de la presente Ordenanza Regional, asi como disposiciones, acciones y mecanismos que contribuyan con los recursos necesarios de su competencia para facilitar la comunicacion y traslado inmediato de las emergencias obstetricas y neonatales. Articulo Quinto.- EXHORTAR a las Universidades con especialidad en salud a priorizar en sus programas de formacion y capacitacion los aspectos vinculados a la atencion de la salud materna, con enfasis en la calidad de atencion y la incorporacion del enfoque intercultural en los servicios de salud; en el MORDAZA de la evaluacion por competencias y segun el perfil profesional que le corresponde, asi como tener un curriculo flexible, que responda a las necesidades de la region y el MORDAZA, respaldado por sus normas academicas y politicas institucionales. Articulo Sexto.- INVOCAR a los Colegio Profesionales a promover entre sus afiliados/as la incorporacion de los enfoques de derechos humanos, equidad de genero e intercultural en la atencion de la salud materna, segun su perfil profesional. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud la elaboracion del Plan Regional de Participacion y Responsabilidad transectorial en la Prevencion y Control de la Mortalidad Materna, asi como del Reglamento de la presente Ordenanza Regional, en un plazo de quince (15) dias habiles de publicada la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion.

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