Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2015 (01/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 1 de febrero de 2015

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POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA a MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 1195119-1

Que, la Ley Nº 29889 que modifica el articulo 11º de la Ley General de Salud, Ley Nº 26842 menciona que toda persona tiene derecho a gozar del mas alto nivel posible de salud mental, sin discriminacion. El Estado garantiza la disponibilidad de programas y servicios para la atencion y el acceso a prestaciones de salud mental adecuadas y de calidad, incluyendo intervenciones de promocion, prevencion, recuperacion y rehabilitacion. Que, el Ministerio de Salud establece la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz mediante Resolucion Ministerial 771-2004/MINSA, la misma que tiene como objetivo brindar orientacion para construir las bases de la planificacion de las acciones de Salud Mental en el MORDAZA para permitir el abordaje, control, reduccion, prevencion de los danos/riesgos priorizados y el logro de objetivos, en funcion de las politicas nacionales y los compromisos nacionales adquiridos. Que, mediante Resolucion Ministerial 993-2006/MINSA se aprueba el Plan Nacional de Salud Mental, el cual es un instrumento que establece las metas, las prioridades, las responsabilidades y precisa las acciones necesarias a ser ejecutadas dentro del sector y multisectorial, que trasciende los limites de la enfermedad para generar entornos y estilos de MORDAZA saludables, a fin de mejorar la situacion de Salud Mental de nuestra poblacion. Que, la Ordenanza Regional Nº 020-2009-GR-LL/CR aprueba la Politica Regional de Salud de La MORDAZA, en donde se identifica nueve prioridades sanitarias entre ellas: Violencia Intrafamiliar, Delincuencia y Pandillaje. La Politica Regional de Salud ha incorporado un concepto mas amplio de la salud no solo como derechos humanos basicos, sino tambien como un deber y una responsabilidad ciudadana, que busca promover en los ciudadanos libertenos una participacion ciudadana activa, en la busqueda de la construccion de una mejor salud. Considera ademas como caracteristica principal a la actuacion conjunta y articuladora entre instituciones, es decir la "Transectorialidad"; ello implica el trabajo con las instituciones gubernamentales y no gubernamentales en el abordaje de las prioridades sanitarias regionales, entre las que se encuentra la violencia. Que, en ese sentido en el MORDAZA del Eje de Trabajo de Descentralizacion y Movilizacion Social para una Equidad Solidaria de la Politica Regional de Salud La MORDAZA, se considera importante asumir que la etiologia de los trastornos y problemas de salud mental como: violencia, delincuencia y pandillaje e intento de suicidio, es multifactorial, por lo tanto su abordaje sera Transectorial, bajo el Enfoque de Gestion Territorial y preventivo promocional, con enfasis en los determinantes sociales, en los diferentes escenarios de intervencion: Gobierno Local, comunidad, institucion educativa y familia. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- DECLARAR de Prioridad Regional la Politica de Atencion Integral a la Salud Mental en la Region La Libertad. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud, la elaboracion de un proyecto de inversion publica; asi como, buscar MORDAZA de financiamiento a fin de consolidar el Plan Regional de Atencion Integral a la Salud Mental en la Region La Libertad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud, a la Gerencia Regional de Educacion y a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusion Social el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. HEBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA

Ordenanza Regional de Participacion y Responsabilidad Transectorial en la Prevencion y Control de Mortalidad Materna
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2014-GR-LL EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de la MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTA: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 7 de octubre del 2014, el Dictamen emitido por la Comision Ordinaria de Salud del Consejo Regional La MORDAZA recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar la participacion y responsabilidad Transectorial en la prevencion y control de mortalidad materna; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 7, consagra el derecho de toda persona a la proteccion de la salud, la del medio familiar y de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. Por ello, desde todos los niveles de gobierno, el Estado promueve la defensa de este derecho fundamental. Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el articulo 31º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)". Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA, emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo prescrito en el articulo 38º de la acotada Ley, que establece "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)". Que, en la Declaracion del Milenio, aprobada el 8 de setiembre del ano 2000 por los 189 Estados Miembros de las Naciones Unidas, de los cuales el Peru es uno de ellos; se establecen los objetos del desarrollo del milenio para el ano 2015, en el que se menciona como Objeto Nº 5 "Mejorar la Salud Materna", cuya meta es Reducir la Mortalidad MORDAZA en tres cuartas partes y cuyos indicadores son: Tasa de Mortalidad Materna y Porcentaje de Partos con asistencia de personal sanitario competente. Que, en el Plan Estrategico Nacional para la Reduccion de la Mortalidad Materna y Perinatal 2009-2015, aprobado con RM Nº 2007-2009-MINSA, se establece como objeto

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