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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (17/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Martes 17 de febrero de 2015 546861 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2015-DE/FAP Lima, 16 de febrero de 2015 Visto el Acta de Acuerdos de la “XIII Reunión Bilateral entre el Jefe del Estado Mayor General de la FAP y el Subjefe del Estado Mayor General de la FAA” de fecha 11 de abril de 2014, el Fax Nº 0146 AGARG de fecha 05 de diciembre de 2014 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina concurrente en la República Oriental del Uruguay y el Ofi cio NC-50-3-CEFO-Nº 1791 de fecha 15 de diciembre de 2014 del Comandante de Educación de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la República Argentina y la República del Perú, en el marco de las relaciones bilaterales establecen actividades de cooperación entre ambos países, en tal sentido en la Actividad Nº 9 del Anexo Alfa del Acta de Acuerdos de la “XIII Reunión Bilateral entre el Jefe del Estado Mayor General de la FAP y el Subjefe del Estado Mayor General de la FAA”, la Fuerza Aérea Argentina ofreció dos (02) becas de estudio para que Alumnos del “Instituto de Educación Superior Tecnológico Aeronáutico Subofi cial Maestro de 2da. FAP Manuel Polo Jiménez” (Escuela de Subofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú) participen en el “Curso de Formación de Subofi ciales”, en la Escuela de Subofi ciales de la Fuerza Aérea Argentina, en la Ciudad de Córdoba - República Argentina; Que, con el Fax Nº 0146 AGARG de fecha 05 de diciembre de 2014, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina concurrente en la República Oriental del Uruguay, informa que la Dirección de Políticas y Relaciones Internacionales de la Fuerza Aérea Argentina ha comunicado que el curso mencionado en el considerando precedente se realizará del 18 de febrero de 2015 al 10 de noviembre de 2017, una vez fi nalizado el curso de certifi cación de mecánica de mantenimiento de aeronaves militares y mecánico de mantenimiento de aviónica de aeronaves militares; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Personal Militar FAP que se nombra en la parte resolutiva, para que participe en el “Curso de Formación de Subofi ciales”; que se realizará en la Escuela de Subofi ciales de la Fuerza Aérea Argentina, en la Ciudad de Córdoba - República Argentina, del 18 de febrero de 2015 al 10 de noviembre de 2017, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú, en vista que proporcionará a los Alumnos FAP conocimientos militares, intelectuales, técnico-especializados, morales, cívicos y sociales necesarios para el desempeño de sus funciones como Subofi ciales FAP; Que, teniendo en cuenta que la duración del presente viaje en Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 18 de febrero al 31 de diciembre de 2015, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias y en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015 DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe. 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