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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (17/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Martes 17 de febrero de 2015 546865 fi nanciar, entre otros, lo señalado en el literal c), relativo a la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, así como la adquisición de bienes y servicios, para, entre otros, la implementación de la Jornada Escolar Completa y la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas; el literal d), relativo al pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación de la Jornada Escolar Completa; y el literal i), relativo a la contratación de profesores para cubrir el incremento de horas de la Jornada Escolar Completa, así como las horas de clase que dejen de dictar los profesores a quienes se les encargará las funciones de Coordinador Pedagógico o de Coordinador de Tutoría para la implementación de la Jornada Escolar Completa, con el fi n de fortalecer los procesos en el marco de la Ley de Reforma Magisterial; Que, el numeral 18.1 citado en el considerando precedente dispone que para su aplicación, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales de lo dispuesto por el artículo 6 de esa misma Ley; adicionalmente, el numeral 18.2 del referido artículo 18 establece que las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, modifi cado por la Primera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30281, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados; asimismo se establece que, las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente numeral solo se aprueban hasta el segundo trimestre del año fi scal correspondiente y de acuerdo con lo señalado en el último párrafo del referido numeral 80.2, las transferencias previstas en el citado numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Ofi cio N° 0147-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2015, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, destinada a fi nanciar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, así como la adquisición de bienes y servicios, para la implementación de la Jornada Escolar Completa y la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas; el pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria para la implementación de la Jornada Escolar Completa; y la contratación de profesores para cubrir el incremento de horas de la Jornada Escolar Completa, así como las horas de clase que dejen de dictar los profesores, a quienes se les encargará las funciones de Coordinador Pedagógico o de Coordinador de Tutoría para la implementación de la Jornada Escolar Completa; Que, la solicitud alcanzada se sustenta en lo informado por la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 012-2015-MINEDU/ VMGP/DIGEBR-DES-JEC, en el que se determina el costo total de la implementación de la Jornada Escolar Completa, de la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas, del pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, para la implementación de la Jornada Escolar Completa, y de la contratación de profesores para cubrir el incremento de horas de la Jornada Escolar Completa, así como las horas de clase que dejen de dictar los profesores, a quienes se les encargará las funciones de Coordinador Pedagógico o de Coordinador de Tutoría para la implementación de la Jornada Escolar Completa, en el marco de lo indicado en los literales c), d) e i) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; asimismo, se determina los pliegos Gobiernos Regionales y montos materia de la transferencia de partidas, y se señala que se ha verifi cado el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 18.2 del artículo 18 de la referida Ley N° 30281; Que, adicionalmente, se adjunta el Informe Nº 038- 2015-MINEDU/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, en donde se indica que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar los conceptos citados en el considerando precedente; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 249 723 503,00), para fi nanciar el costo de la implementación de la Jornada Escolar Completa y de la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas; el pago de horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria para la implementación de la Jornada Escolar Completa; y la contratación de profesores para cubrir el incremento de horas de la Jornada Escolar Completa, así como las horas de clase que dejen de dictar los profesores, a quienes se les encargará las funciones de Coordinador Pedagógico o de Coordinador de Tutoría para la implementación de la Jornada Escolar Completa; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 251 209 503,00), para fi nanciar los conceptos indicados en los considerando precedentes; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 251 209 503,00), para fi nanciar los fi nes indicados en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular