Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2015 (17/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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PRODUCTO ACTIVIDAD 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas 5003109 : Contratacion oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educacion secundaria 1 : Recursos Ordinarios 126 646 983,00 119 615 120,00

El Peruano Martes 17 de febrero de 2015

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000667 : Desarrollo de la educacion secundaria de menores FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 947 400,00 TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD 251 209 503,00 En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educacion Basica Regular 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas 5003109 : Contratacion oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educacion secundaria 1 : Recursos Ordinarios 126 646 983,00 119 615 120,00

remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos materia de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1201471-2

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000667 : Desarrollo de la educacion secundaria de menores FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 1 : Recursos Ordinarios 4 947 400,00 251 209 503,00

Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio de Economia y Finanzas y EGESUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 052-2015-EF/52 MORDAZA, 13 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 307-2014-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento externo acordada entre la Republica del Peru y la Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por la suma de ¥ 6 944 000 000,00 (SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Instalacion de las Centrales Hidroelectricas MORDAZA 1 y 3"; Que, el Articulo 3 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a la Empresa de Generacion Electrica del Sur S.A. - EGESUR, los recursos que resulten de la referida operacion de endeudamiento externo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial; Que, asimismo, el Articulo 5 del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la referida operacion de endeudamiento externo sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que oportunamente proporcione

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo " Transferencia para financiar la implementacion de la jornada escolar completa y la ensenanza del idioma ingles para el ano fiscal 2015" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera

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