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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (20/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547073 (Siete Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles), para el período 2015 – 2018. Artículo Segundo.- Precisar que el monto de las dietas de los señores regidores, para el período 2015 – 2018, por sesión efectiva en cada mes, corresponde al 15% de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el señor Alcalde de San Borja, abonándose como máximo dos (02) dietas por mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 025- 2007-PCM. Artículo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a las Gerencias de Administración y Finanzas y de Planifi cación Estratégica; asimismo, a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del mismo en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1202792-1 Autorizan viaje del Alcalde a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2015-MSB-C San Borja, 16 de febrero de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTOS; en la III-2015 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero de 2015, el Dictamen Nº 005- 2015-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, Dictamen Nº 004-2015-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Informe Nº 001-2015-MSB-A- AS de la Asesora de Alcaldía, el Informe Nº 027-2015- MSB-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 27-2015-MSB-GAF-UC de la Unidad de Contabilidad, el Informe Nº 022-2015-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planifi cación Estratégica y el Informe Nº 046-2015-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre la autorización de viaje al señor Alcalde, del 25 de febrero al 02 de marzo del año en curso, para asistir en representación de la Municipalidad, a la ciudad de Medellín, Colombia, al “IV Foro Mundial de la Bicicleta”; y, a la ciudad de Guadalajara de Buga, Valle del Cauca, Colombia, para la suscripción del Convenio de Hermanamiento e Interrelación Institucional. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 001-2015-MSB-A-AS de fecha 09 de febrero de 2015, la Asesora de Alcaldía comunicó la invitación para el señor Alcalde de participar como panelista en el “IV Foro Mundial de la Bicicleta”, que se realizará del 26 de febrero al 01 de marzo del año en curso, en la Plaza Mayor de Medellín, Centro de Convenciones, Colombia, siendo el evento ciudadano global más importante a favor de la bicicleta, diseñado, organizado y mantenido por ciudadanos de varios países. Señaló además, que el objetivo del Foro es convertirse en la real voz global de los ciudadanos a favor de la movilidad sostenible, con el tema “Ciudades para Todos”, buscando refl exionar sobre cómo las ciudades pueden ser organizadas para el benefi cio de todos los ciudadanos, mientras utilizan la bicicleta como un vehículo para el cambio social y la equidad urbana. Dicho encuentro promueve el trabajo de diversos grupos (individuos, colectivos, ONGs, empresas y entidades gubernamentales) que trabajan juntos para lograr un cambio positivo en todos los niveles: individual, local, regional, nacional y mundial. Los temas que se desarrollarán están directamente vinculados a los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado 2011-2016 de la Municipalidad Distrital de San Borja, tales como 3 “San Borja armoniza y ordena las actividades comerciales, culturales y residenciales, dentro de un desarrollo integral en equilibrio con su medio ambiente” y 2 “Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos del distrito”. Asimismo, la Gestión Municipal 2011-2014 priorizó la Política Local Ambiental al 2021, la misma que se encuentra enmarcada en el enfoque y prioridades de la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM. Que, en el mismo Informe, comunicó la invitación del señor Alcalde de Guadalajara de Buga, Valle del Cauca, Colombia, a razón de su participación en el “IV Foro Mundial de la Bicicleta”, a fi n de compartir experiencias exitosas y la suscripción de un Convenio para brindarse apoyo mutuo y mejorar el bienestar y calidad de vida de los miembros de ambos Municipios. Finalmente, la Asesora de Alcaldía señaló que habiéndose reconocido a San Borja como impulsor y líder del primer programa municipal San Borja en Bici por diversas instituciones nacionales e internacionales y siendo un servicio gratuito de transporte público no motorizado que promueve el uso de la bicicleta como transporte sostenible, recomienda la participación en el “IV Foro Mundial de la Bicicleta”; y, visita y suscripción del Convenio con la Municipalidad de Guadalajara de Buga. Asimismo, indicó que los gastos que ocasionen las diversas actividades en Colombia, deberán ser asumidos por la Municipalidad Distrital de San Borja. Que, mediante Informe Nº 027-2015-MSB-GAF de fecha 10 de febrero de 2015, la Gerencia de Administración y Finanzas remitió el Informe Nº 27-2015-MSB-GAF-UC de la Unidad de Contabilidad en relación a la autorización de viaje al señor Alcalde para asistir al “IV Foro Mundial de la Bicicleta” en la ciudad de Medellín y visitar la Municipalidad de Guadalajara de Buga, en el Valle del Cauca, Colombia, del 25 de febrero al 02 de marzo de 2015, señalando que la escala de viáticos correspondiente para la zona geográfi ca de América del Sur es de US$370.00 (Trescientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos) diarios, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, por lo que corresponde un importe máximo de US$1,850.00 (Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos), a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, es decir US$370.00 (Trescientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos) adicionales, correspondiendo los viáticos a Alimentación, Hospedaje, Movilidad hacia y desde el lugar de embarque y desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión. Que, en Informe Nº 022-2015-MSB-GM-GPE de fecha 10 de febrero de 2015, la Gerencia de Planifi cación Estratégica indicó que la solicitud de viaje cuenta con disponibilidad presupuestal en la Partida 2.3.2.1.1.1. Pasajes y Gastos de Transporte, importe ascendente a S/.2,800.00 (Dos Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) y en la Partida 2.3.2.1.1.20 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios, importe ascendente a S/.6,950.00 (Seis Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Que, en Informe Nº 046-2015-MSB-GM-GAJ de fecha 11 de febrero de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; entre ellos, la prestación adecuada de los servicios públicos y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, la Ley Nº 27619, modifi cada por las Leyes Nº 29142 y Nº 29465, regula el procedimiento y las condiciones legales que deben observarse para autorizar el viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado, cuando irrogue gastos al Tesoro Público, aprobándose con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus posteriores modifi catorias, las normas que reglamentan las autorizaciones de la materia. Que, de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 27619, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos aprobada por Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM, el cual en su artículo 5º establece que los gastos se calculan conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, consignando que para América del Sur corresponde el monto de US$370.00 (Trescientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos) diarios; que el artículo 8º del Decreto Supremo señala que los viáticos se otorgarán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación