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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (20/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547077 VISTO; En Sesión Extraordinaria de fecha 16 de Enero del 2015, el Proyecto de Acuerdo de Concejo sobre APROBACION DE CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA EN EL MARCO DE PROGRAMA DE PRESUPUESTALES DEVIDA. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del establece que: “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía, política económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 9º numeral 26) de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una atribución del Concejo Municipal aprobar la celebración de Convenios de Cooperación Nacional e Internacional y Convenios Interinstitucionales. Que, el artículo 41º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que habiéndose sometido a debate y deliberación ante el pleno del concejo municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 26) del artículo 9º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Mayoritario de los señores(as) regidores(as), con la dispensa de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR EL CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Y LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS, CUYO PRODUCTO ES POBLACION DESARROLLA COMPETENCIAS PARA LA PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS Y LA ACTIVIDAD PREVENCION DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO COMUNITARIO, TIENE UN PRESUPUESTO DE S/. 104,373.00 (ciento cuatro mil trescientos setenta y tres 00/100 nuevos soles) POR DONACION DE TRANSFERENCIA DIRECTA POR DEVIDA. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1202686-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban actualización y modificación del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2014-MPMN Moquegua, 3 de noviembre del 2014 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO” VISTO, en Sesión Extraordinaria, del 03 de noviembre 2014, el expediente Nº 033277, carta Nº 0105-2014-GPP/ GM/MPMN, el informe Nº 1495-2013-GAJ-GM/MPMN, Informe Nº 91-2013-JLSZ-SPPPR/GPP/GM/MPMN, sobre la Actualización y Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto-Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establecen los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, de 8 de setiembre del 2007, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, y se establecieron disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 38º concordante con el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, establecen que el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, debe ser aprobado mediante Ordenanza Municipal; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, es el documento técnico normativo de gestión Institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre los procedimientos administrativos de cada entidad; Que, el artículo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, prescribe que “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación según sea el caso de su Texto Único de Procedimientos Administrativos”, los cuales preferentemente están relacionados con su adecuación al modelo del TUPA diseñado por el Consejo Nacional de la Competitividad (CNC) del Ministerio de Economía y Finanzas. POR CUANTO; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y estando a lo acordado en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 03 de noviembre del 2014, con el voto mayoritario de sus miembros, y con dispensa de trámite del acta, ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Artículo Primero.- APROBAR, la denominación de los Procedimientos Administrativos, requisitos, derechos de tramitación, plazos, autoridad que resuelve en primera instancia y recursos impugnativos, contenidos en el TUPA, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, la Actualización y Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, el mismo que consta de 301 Procedimientos Administrativos, establecidos en folios y por áreas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº 036-2008-MPMN, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA – 2008, así como sus ampliaciones y modifi caciones y todas las disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administración el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General y a la Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo publicar el Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (www.munimoquegua.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 1201546-1