Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2015 (20/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015

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RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a Financiera Edyficar S.A. el cierre de la oficina especial ubicada en Jr. Dos de MORDAZA Nº 365 y 367, distrito de Juanjui, provincia de Mariscal MORDAZA y departamento de San Martin. Articulo Segundo.- Autorizar a Financiera Edyficar S.A. el traslado de la oficina especial ubicada en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 537, distrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA y departamento de La MORDAZA, y cuya apertura fue autorizada mediante Resolucion SBS Nº 6123-2011; a la nueva direccion ubicada en Jr. San MORDAZA Nº 700 esquina con Jr. MORDAZA Bolognesi, distrito de Huamanchuco, provincia de MORDAZA MORDAZA y departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca 1202141-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Ordenanza Regional que aprueba "El Plan Regional de Cooperacion Tecnica Internacional, Region La MORDAZA 2014 al 2016"
ORDENANZA REGIONAL N° 008-2014-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 1 de MORDAZA de 2014, el dictamen de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el Plan Regional de Cooperacion Tecnica Internacional, Region La MORDAZA, Anos 2014-2016; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley N° 27680, y la Ley N° 28607, en su articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, los articulos 188° y 192° de la misma Ley N° 27680, establecen que el objetivo fundamental de la descentralizacion es el desarrollo integral del MORDAZA, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, politico y economico en el ambito regional. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que "La Descentralizacion tiene por finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones, asi como el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la poblacion"; relievandose en tal MORDAZA, los objetivos, facultades y competencias asistidas a los Gobiernos Regionales como entes autonomos de gobierno. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece en el articulo 10°, que los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para "Dictar las normas sobre los asuntos y materia de su responsabilidad"; y su articulo 38° establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Decreto Legislativo N° 719, en sus articulos 2°, 3° y 4° establecen que "La Cooperacion Tecnica Internacional (CTI) es el medio por el cual el Peru recibe, transfiere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnologias de MORDAZA cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo". "La CTI se canaliza a traves de organismos del sector publico en sus niveles central, regional y local; asi como, organizaciones (oficialmente reconocidas) del Sector Privado", y que: "Los Gobiernos Regionales, como organos responsables

Autorizan al Banco de la Nacion el traslado de agencia en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 996-2015 MORDAZA, 10 de febrero de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 4619-2011 de fecha 15.04.2011 se rectifico la direccion de veintinueve (29) agencias, la cual incluye la agencia denominada Corire; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 62852013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion, el traslado de una (01) agencia, segun el siguiente detalle: Agencia De (Direccion actual) Av. Progreso N° 215 Corire Distrito de Uraca Provincia de MORDAZA Departamento de MORDAZA A (Nueva direccion) MORDAZA Plaza 28 de MORDAZA N° 203 Distrito de Uraca Provincia de MORDAZA Departamento de MORDAZA

Corire

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca 1202050-1

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