TEXTO PAGINA: 56
El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547070 Que, asimismo se debe reforzar la capacidad de gestión de los órganos desconcentrados, mediante la transferencia de atribuciones, competencias y funciones con el objeto de que un mayor número de órganos pueda atender, tramitar y resolver las cuestiones que les sean sometidas por los interesados a través de la desconcentración de la facultad de resolver los recursos impugnatorios que desempeña el titular de la entidad, a las autoridades jerárquicamente inferiores; Que, mediante Informe N° 020-2015-GAL/MDI, la Gerencia de Asesoría Legal, es de opinión que las atribuciones administrativas reconocidas al Alcalde podrán ser delegadas al Gerente Municipal, conforme se encuentra previsto en el artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 314-2015-MDI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Independencia, como instrumento normativo de la Gestión Institucional que establece la estructura orgánica y funciones generales de los órganos que conforman la Municipalidad Distrital de Independencia, por lo que resulta necesario adecuar los procedimientos existentes en el TUPA de la corporación Edil a la nueva estructura orgánica en tanto se actualiza y simplifi ca el referido instrumento de Gestión; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo N° 42 y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- DESCONCENTRACIÓN Desconcentrar, la facultad de conocer, en primera instancia, las solicitudes presentadas por los administrados en los procedimientos de acuerdo a su competencia, conforme se detalla a continuación: 1.1.- Gerencia de Administración y Finanzas: 1.1.1.- Aprobación de expedientes de contratación de procesos de menor cuantía. 1.1.2.- Aprobación de bases de procesos de selección de menor cuantía. 1.1.3.- Otorgamiento de permisos por Lactancia. 1.1.4.- Aprobación y modifi cación del rol de vacaciones. 1.1.5.- Reconocimiento y pagos de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio. 1.1.6.- Otorgamiento de pensión de cesantía, jubilación, sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos se deriven sus derechos y modifi caciones. 1.1.7.- Reconocimiento de pago por compensación vacacional. (Vacaciones truncas). 1.1.8.- Reconocimiento de pago por compensación por tiempos de servicios. 1.1.9.- Reconocimiento de pago por compensaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores, (créditos devengados), sobre remuneraciones, bonifi caciones, benefi cios y pensiones. 1.1.10.- Reconocimiento de pago de benefi cios sociales a obreros. 1.1.11.- Declaración de Abandono de expedientes en trámite, de acuerdo a su competencia. 1.1.12.- Otros asuntos que con arreglo a las disposiciones legales u/o municipales vigentes le corresponde. 1.2.- Gerencia de Infraestructura Pública: 1.2.1.- Aprobación de expedientes técnicos. Artículo Segundo.- ATRIBUCIONES DELEGADAS AL GERENTE MUNICIPAL DELEGAR, en el Gerente Municipal, las facultades administrativas y resolutivas con expresa e inequívoca mención y bajo estricta responsabilidad del Gerente Municipal, a fi n de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales para un cabal desempeño efi ciente y efi caz de la Municipalidad Distrital de Independencia, quedando establecidas de la siguiente manera: 2.1.- Resolver, en segunda instancia, los Recursos de Apelación de los procedimientos administrativos que conocen las unidades orgánicas; dándose por agotada la vía administrativa. Cabe resaltar que las solicitudes y recursos impugnatorios de naturaleza tributaria se resuelven por las instancias reguladas por el Código Tributario. 2.2.- Dejar sin efecto actos administrativos y de administración que hayan sido emitidos sin observar los procedimientos establecidos por los órganos de inferior jerarquía.. Artículo Tercero.- RESPONSABILIDAD FUNCIONAL Las resoluciones que sean emitidas por la respectiva instancia administrativa, serán dictadas bajo estricta responsabilidad de los funcionarios que las visen y suscriban y llevaran de forma obligatoria el logotipo de la Municipalidad Distrital de Independencia. Las Resoluciones que se emiten en aplicación de la presente resolución, deberán ser debidamente motivadas y fundamentadas respecto a la decisión tomada sobre las cuestiones planteadas, haciendo referencia a los hechos y fundamentos de derecho que las sustentan. Asimismo establecer que las resoluciones que se dicten en segunda instancia deberán contar con informe emitido por la Gerencia de Asesoría Legal. Artículo Cuarto.- DISTRIBUCIÓN Las resoluciones que se emitan al amparo del presente decreto serán remitidas al Despacho de Alcaldía, Gerencia de Secretaría General y Gerencia de Asesoría Legal, bajo estricta responsabilidad. Artículo Quinto: VIGENCIA El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y se aplicará a todos los procedimientos que se encuentren en trámite, salvo que se haya expedido resolución en primera instancia y que corresponda, por mandato del presente Decreto de Alcaldía, conocer en segunda instancia del mismo; en cuyo caso se regirá por la normatividad anterior hasta su conclusión. Artículo sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Gestión Urbana su cumplimiento y a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1202385-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Autorizan al Procurador Público Municipal iniciar acciones legales en salvaguarda de los límites de la jurisdicción ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2015-MDP/C Pachacámac, 6 de febrero del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 06 de Febrero del 2015, el Informe Nº 022-2015-MDP/GAJ de fecha 03 de Febrero del 2015, Proveído Nº 130-2015- MDP/GM de fecha 03 de Febrero del 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal, sobre “Autorizar al Procurador Publico Municipal, interponga las acciones legales correspondientes en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en salvaguarda de los límites de