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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (20/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547074 y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América, como en el presente caso. Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, si bien dispone como medidas de austeridad, la prohibición de viajes de los servidores o funcionarios, realiza la salvedad para alcaldes y regidores cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del Concejo Municipal. Asimismo, señaló que de los Informes Técnicos se desprende que existe la previsión presupuestaria para ejecutar recursos para el viaje solicitado proyectando el monto de US$811.39 (Ochocientos Once y 39/100 Dólares Americanos) para pasajes aéreos incluido impuestos y el monto de US$2,220.00 (Dos Mil Doscientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) para viáticos por seis (06) días, haciendo un total de US$3,031.39 (Tres Mil Treinta y Uno y 39/100 Dólares Americanos). Finalmente, dicha Gerencia opinó por la viabilidad de autorizar el viaje del señor Alcalde a Colombia del 25 de febrero al 02 de marzo, para asistir al “IV Foro Mundial de la Bicicleta” en la ciudad de Medellín y visitar la Municipalidad de Guadalajara de Buga, en el Valle del Cauca, Colombia. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 11) del artículo 9º de la Ley precitada señala que corresponde al Concejo Municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.” Que, el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM señala que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el viaje, el funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 11) del artículo 9º y en el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al Alcalde, señor Marco Antonio Álvarez Vargas, del 25 de febrero al 02 de marzo de 2015, para asistir en representación de la Municipalidad, a la ciudad de Medellín, Colombia, al “IV Foro Mundial de la Bicicleta”; y, a la ciudad de Guadalajara de Buga, Valle del Cauca, Colombia, para la suscripción del Convenio de Hermanamiento e Interrelación Institucional, después del cual deberá presentar al Concejo Municipal el informe de ley. Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Lima/Bogotá/Medellín/Cali/ Lima incluido Gasto de Gestión US$ 811.39 Dólares Americanos Viáticos (06 días) según escala Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM US$ 2,220.00 Dólares Americanos TOTAL US$ 3,031.39 Dólares Americanos Artículo Tercero.- Conceder licencia con goce de haber al señor Alcalde, del 25 de febrero al 02 de marzo de 2015, encargándose el despacho de Alcaldía, al Teniente Alcalde, señor Alberto von der Heyde Biosca, de conformidad con lo previsto en el artículo 24º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Distrital de San Borja (www.munisanborja. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1202784-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Establecen fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al ejercicio 2015 ORDENANZA Nº 002-2015-MDLP La Perla, 26 enero del 2015 El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de enero del 2015, sobre el Proyecto de Ordenanza del “CALENDARIO DE PAGOS PARA EL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS 2015”, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, el pago de Impuesto Predial podrá efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que, los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual y que la Municipalidad Distrital de La Perla determinará y recaudará dichos arbitrios por periodos mensuales. Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de la jurisdicción del Distrito de La Perla, para el ejercicio 2015; Que, a lo estipulado en el Art. 13 de la Ley de Tributación Municipal las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del año que corresponde el impuesto. Que, con D.S. Nº 374-2014-EF, de fecha 30-12-2014 el Ministerio de Economía y Finanzas fi jo el nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria es S/. 3,850.00 Nuevos Soles. Estando con la Conformidad mediante el Memorándum Nº 011-2015-GAT-MDLP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 027-2015-MDLP-GAJ, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades con el voto de los señores(as) Regidores(as) con dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente. ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES PARA EL EJERCICIO 2015 Artículo Primero.- Vencimiento por el pago de Impuesto Predial de conformidad con el Artículo Nº 15º del texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2015 vence: Pago Contado : 27 de febrero del 2015 Pago Fraccionado : Primera Cuota : 27 de febrero del 2015 Segunda Cuota : 29 de mayo del 2015 Tercera Cuota : 31 de agosto del 2015 Cuarta Cuota : 30 de noviembre del 2015 Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública (barrido de calles y