Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2015 (20/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015

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Que, el articulo 37° inciso d) del Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental ­ SNGA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0082005-PCM, establece que el Sistema Regional de Gestion Ambiental es parte del Sistema Nacional de Gestion Ambiental-SNGA y se rige por lo establecido en la Ley y el presente reglamento. Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en el articulo 8, inciso 8.2, establece que las politicas y normas ambientales de caracter nacional, sectorial, regional y local se disenan y aplican de conformidad con lo establecido en la Politica Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre si. Que, con Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, de cumplimiento obligatorio en los niveles de gobierno nacional, regional y local y de caracter orientador para el sector privado y la sociedad civil. Los lineamientos de politica, conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica; gestion integral de la calidad ambiental; gobernanza ambiental; compromisos y oportunidades ambientales internacionales, estan orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del pais. Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, se aprobo el Plan Nacional de Accion Ambiental PLANAA ­ PERU 2011 ­ 2021, cuyo objetivo general es mejorar la calidad de MORDAZA de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del MORDAZA, mediante la prevencion, proteccion y recuperacion del ambiente y sus componentes, la conservacion y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona. Que, con Resolucion Ministerial N° 026-2013-MINAM, se aprobo la Agenda Nacional de Accion Ambiental (Agenda Ambiente Peru 2013 - 2014), propuesta que busca alinear acciones de diferentes entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestion Ambiental. Que, conforme lo establece el articulo 23° de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y el articulo 40° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, la Comision Ambiental Regional es la instancia encargada de la coordinacion y concertacion de la Politica Ambiental Regional, promueve el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado y la sociedad civil. La actualizacion de los instrumentos de gestion, Politica Ambiental Regional de La MORDAZA, Plan de Accion Ambiental Regional 2014 ­ 2021 y Agenda Ambiental Regional 2014 - 2015 de La MORDAZA, han sido socializados, consensuados y validados por la Comision Ambiental Regional de La MORDAZA - CAR-LL. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y estando a lo acordado. HA APROBADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL

Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)". Que, mediante Oficio N° 732-2013-GRLL-GGR/ GRAMB, de fecha 17 de diciembre de 2013, la Gerencia Regional del Ambiente presenta a la Gerencia General Regional, la actualizacion de los instrumentos de gestion ambiental, los cuales son: Politica Ambiental Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, Plan de Accion Ambiental Regional 2014 - 2021, y la Agenda Ambiental Regional 2014 ­ 2015, los mismos que han sido alineados a la Politica Nacional del Ambiente, Plan Nacional Ambiental del Peru 2013 ­ 2021 y la Agenda Ambiental Nacional 2013 ­ 2014, asi como al Plan Regional de Desarrollo Concertado de la Region La MORDAZA 2012 ­ 2021, con el fin de que sea elevado al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional. Que, mediante Oficio N° 275-2014-GRLL-GGR/GRPAT, de fecha 20 de junio de 2014, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial opina que la propuesta de actualizacion de los instrumentos de gestion ambiental, presentado por la Subgerencia de Gestion Ambiental de la Gerencia Regional del Ambiente se encuentran alineados y articulados dentro de los objetivos institucionales con el horizonte del corto plazo en los diferentes niveles de gobierno, y estan alineados en el Objetivo 5 de la Dimension Ambiental ­ PEI ­ 2011 ­ 2016 "Promover el uso racional de los recursos naturales, con gestion del ambiente, dentro de un desarrollo limpio", asi como a sus actividades e indicadores y metas fisicas y presupuestales establecidos en el MORDAZA del objetivo en mencion. Que, mediante Informe Legal N° 176-2014/PZS, de fecha 23 de octubre de 2014, el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, opina que es viable por el fondo, la aprobacion del proyecto de Ordenanza Regional relativo a "Actualizar la Politica Ambiental Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, Aprobar el Plan de Accion Ambiental Regional 2014-2021, y Aprobar la Agenda Ambiental Regional 2014 ­ 2015", de conformidad con los argumentos expuestos en dicho Informe Legal. Que, mediante Oficio N° 634-2014-GRLL-PRE, de fecha 25 de noviembre de 2014, el Presidente Regional, senor ingeniero MORDAZA Murgia Zannier, remite el expediente administrativo conteniendo el proyecto de Ordenanza Regional relativo a actualizar la Politica Ambiental Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, aprobar el Plan de Accion Ambiental Regional 2014-2021, y aprobar la Agenda Ambiental Regional 2014 ­ 2015", a fin de que el Consejo Regional, en ejercicio de sus atribuciones, autorice la aprobacion del proyecto de Ordenanza Regional en mencion. Que, el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el articulo 4° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, y el empleo y garantiza el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el articulo 6° de la Ley N° 27867 establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientando hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2004CR-RLL, de fecha 14 de MORDAZA de 2004, se aprueban la Politica Ambiental Regional de La MORDAZA, el Plan de Accion Ambiental Regional de La MORDAZA al 2010, la Agenda Ambiental, y la creacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental de La Libertad.

Articulo Primero.- ACTUALIZAR la Politica Ambiental Regional de La MORDAZA, aprobada mediante Ordenanza Regional N° 004-2004-CR-RLL, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- APROBAR el Plan de Accion Ambiental Regional de La MORDAZA 2014 ­ 2021, el mismo que ha sido elaborado en el MORDAZA de la Politica Ambiental Regional y el Plan Regional de Desarrollo Concertado de la region La MORDAZA 2010 ­ 2021, el cual forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- APROBAR la Agenda Ambiental Regional de La MORDAZA 2014 ­ 2015, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional en coordinacion con la Gerencia Regional del Ambiente del Gobierno Regional La MORDAZA, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano" y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al Senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion.

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