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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (20/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547063 Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”. Que, mediante Ofi cio N° 732-2013-GRLL-GGR/ GRAMB, de fecha 17 de diciembre de 2013, la Gerencia Regional del Ambiente presenta a la Gerencia General Regional, la actualización de los instrumentos de gestión ambiental, los cuales son: Política Ambiental Regional del Gobierno Regional de La Libertad, Plan de Acción Ambiental Regional 2014 - 2021, y la Agenda Ambiental Regional 2014 – 2015, los mismos que han sido alineados a la Política Nacional del Ambiente, Plan Nacional Ambiental del Perú 2013 – 2021 y la Agenda Ambiental Nacional 2013 – 2014, así como al Plan Regional de Desarrollo Concertado de la Región La Libertad 2012 – 2021, con el fi n de que sea elevado al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Que, mediante Ofi cio N° 275-2014-GRLL-GGR/GRPAT, de fecha 20 de junio de 2014, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial opina que la propuesta de actualización de los instrumentos de gestión ambiental, presentado por la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Gerencia Regional del Ambiente se encuentran alineados y articulados dentro de los objetivos institucionales con el horizonte del corto plazo en los diferentes niveles de gobierno, y están alineados en el Objetivo 5 de la Dimensión Ambiental – PEI – 2011 – 2016 “Promover el uso racional de los recursos naturales, con gestión del ambiente, dentro de un desarrollo limpio”, así como a sus actividades e indicadores y metas físicas y presupuestales establecidos en el marco del objetivo en mención. Que, mediante Informe Legal N° 176-2014/PZS, de fecha 23 de octubre de 2014, el señor abogado Paolo Zavaleta Sánchez, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina que es viable por el fondo, la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Actualizar la Política Ambiental Regional del Gobierno Regional de La Libertad, Aprobar el Plan de Acción Ambiental Regional 2014-2021, y Aprobar la Agenda Ambiental Regional 2014 – 2015”, de conformidad con los argumentos expuestos en dicho Informe Legal. Que, mediante Ofi cio N° 634-2014-GRLL-PRE, de fecha 25 de noviembre de 2014, el Presidente Regional, señor ingeniero José Murgia Zannier, remite el expediente administrativo conteniendo el proyecto de Ordenanza Regional relativo a actualizar la Política Ambiental Regional del Gobierno Regional de La Libertad, aprobar el Plan de Acción Ambiental Regional 2014-2021, y aprobar la Agenda Ambiental Regional 2014 – 2015”, a fi n de que el Consejo Regional, en ejercicio de sus atribuciones, autorice la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional en mención. Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, y el empleo y garantiza el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el artículo 6° de la Ley N° 27867 establece que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientando hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2004- CR-RLL, de fecha 14 de mayo de 2004, se aprueban la Política Ambiental Regional de La Libertad, el Plan de Acción Ambiental Regional de La Libertad al 2010, la Agenda Ambiental, y la creación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad. Que, el artículo 37° inciso d) del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – SNGA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008- 2005-PCM, establece que el Sistema Regional de Gestión Ambiental es parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental-SNGA y se rige por lo establecido en la Ley y el presente reglamento. Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en el artículo 8, inciso 8.2, establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí. Que, con Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, se aprobó la Política Nacional del Ambiente, de cumplimiento obligatorio en los niveles de gobierno nacional, regional y local y de carácter orientador para el sector privado y la sociedad civil. Los lineamientos de política, conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica; gestión integral de la calidad ambiental; gobernanza ambiental; compromisos y oportunidades ambientales internacionales, están orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del país. Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA – PERU 2011 – 2021, cuyo objetivo general es mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona. Que, con Resolución Ministerial N° 026-2013-MINAM, se aprobó la Agenda Nacional de Acción Ambiental (Agenda Ambiente Perú 2013 - 2014), propuesta que busca alinear acciones de diferentes entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Que, conforme lo establece el artículo 23° de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y el artículo 40° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, la Comisión Ambiental Regional es la instancia encargada de la coordinación y concertación de la Política Ambiental Regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado y la sociedad civil. La actualización de los instrumentos de gestión, Política Ambiental Regional de La Libertad, Plan de Acción Ambiental Regional 2014 – 2021 y Agenda Ambiental Regional 2014 - 2015 de La Libertad, han sido socializados, consensuados y validados por la Comisión Ambiental Regional de La Libertad - CAR-LL. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- ACTUALIZAR la Política Ambiental Regional de La Libertad, aprobada mediante Ordenanza Regional N° 004-2004-CR-RLL, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el Plan de Acción Ambiental Regional de La Libertad 2014 – 2021, el mismo que ha sido elaborado en el marco de la Política Ambiental Regional y el Plan Regional de Desarrollo Concertado de la región La Libertad 2010 – 2021, el cual forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR la Agenda Ambiental Regional de La Libertad 2014 – 2015, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia Regional del Ambiente del Gobierno Regional La Libertad, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al Señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.