Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2015 (07/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 12717-2008 de fecha 16.12.2008, se autorizó al Banco de la Nación la apertura de la agencia denominada Alto de la Alianza, y mediante Resolución SBS N° 17647-2010 de fecha 23.12.2010, se corrigió su dirección; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle: De (Dirección actual) A (Nueva dirección) Lote 01 Mz. 88 Prolongación Pinto N° 1337 con Av. Alto de la Asentamiento Humano La Esperanza Jorge Basadre Grohmann Alianza Distrito de Alto de la Alianza, Provincia Distrito de Alto de la Alianza, y Departamento de Tacna Provincia y Departamento de Tacna Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1259464-1 Agencia

El Peruano Martes 7 de julio de 2015

Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 3945-2015 Lima, 6 de julio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Superintendencia de Pensiones de Chile a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el VII Comité Técnico Administrativo del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), que se llevará a cabo los días 08 y 09 de julio de 2015 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile, a través de la Subsecretaría de Previsión Social, en su calidad de Autoridad Competente de los Convenios Internacionales de Seguridad Social suscritos por Chile, con el apoyo de la Superintendencia de Pensiones, en su calidad de Organismo de Enlace, y en coordinación con la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, se encuentran organizando la VII Reunión del Comité Técnico Administrativo del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS); Que, el señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, es miembro integrante titular de la Delegación Peruana en la negociación de los Convenios de Seguridad Social y su participación en dicho Comité, permitirá que esta Superintendencia (como Organismo de Enlace del Sistema Privado de Pensiones relativo a

los Convenios suscritos en el Perú) pueda estar alineada con los avances en materia previsional desarrollados en dicha instancia, ya que el Perú forma parte del Convenio Iberoamericano y nos encontramos próximos al depósito del Instrumento respecto del Acuerdo de Aplicación de dicho Convenio. Asimismo, a este Comité, que se desarrolla en coordinación con la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, asistirán los países que han suscrito el Convenio Iberoamericano, a fin de desarrollar una agenda de trabajo, que será de aplicación en dicha materia; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Héctor Javier Cusman Veramendi, Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de la SBS, del 07 al 10 de julio de 2015 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 152,56 1 480,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1259527-1

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