Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2015 (07/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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impugnativos antes señalados por la sustracción de la materia. 2. El pago de las Costas y Gastos incurridos por concepto de peritaje y/o publicaciones en los diarios dentro del procedimiento de cobranza coactiva. 3. En el caso de fraccionamiento de deudas tributarias dentro de la vigencia de la presente ordenanza, el pago de la cuota inicial no podrá ser menor al 30% de la deuda a fraccionar. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los administrados infractores cuyas multas administrativas hayan sido impuestas hasta el día anterior a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza podrán acogerse a los beneficios no tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, una vez vencido el plazo de vigencia de esta Ordenanza, las deudas por Multas Administrativas se cobrarán con el monto ordinario correspondiente. Segunda.- Los pagos realizados por los contribuyentes o administrados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son válidos, por lo que no son materia de devolución ni compensación. Tercera.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza, así como a prorrogar el plazo de vigencia de la misma establecido en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Gerencia de Administración y Finanzas y Sub-Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1259163-1

El Peruano Martes 7 de julio de 2015

(Ley de Reforma Constitucional), señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipales Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; Que, la Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1º numeral 1.1). declara el estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado Democrático Descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, Decreto Supremo 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las entidades de la Administración Pública, define como el documento normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generadas de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, el Informe Nº 018-2015-MDP/GM, de fecha 18 de junio del 2015 emitido por la Gerencia Municipal, deriva al Concejo Municipal para su aprobación de los Instrumentos de Gestión, conforme a la normatividad contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades, a la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y el decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; correspondiendo, previos los tramites correspondientes, elevar los actuados al Concejo Municipal para su aprobación mediante emisión de la Ordenanza correspondiente; De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobó, con el voto mayoritario, con la dispensa del trámite de lectura, la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2015-MDP ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que aprueba los Instrumentos de gestión, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, Manual de Organización de Funciones (MOF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de la Municipalidad Distrital de Pozuzo, la misma que entrará en vigencia a partir de su publicación. Artículo Segundo.- DEROGAR a partir de la fecha la Ordenanza Nº 002-2014-MDP, de fecha 03 de enero del 2014, así como a todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal proceda a la adecuación normativa de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre y se cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil quince. CESAR MANUEL ESPINOZA SANTIAGO Alcalde 1259150-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2015-MDP Pozuzo, 19 de junio del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 014 ­ 2015, de fecha 18 de junio del 2015, el Concejo Municipal previo debate y por mayoría aprobó la emisión de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Pozuzo. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, modificados por la Ley Nº 28607

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