Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2015 (14/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 14 de julio de 2015

557299
lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad y en la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Ministerio de Cultura, es conveniente delegar las facultades que no sean privativas a la función de la Ministra de Cultura; así como las facultades y atribuciones administrativas de gestión y resolución que no sean propias de dicho cargo, durante el Año Fiscal 2015; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el(la) Responsable de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Pliego 003 Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las facultades descritas en los numerales 1.1, 1.2, 1.5 del artículo 1; y, los numerales 3.1 y 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 003-2015-MC. Artículo 2º.- Delegar en el(la) Director(a) de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, la facultad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, correspondiente a la Unidad Ejecutora a su cargo, previa autorización del Viceministerio competente en la materia. Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto supervise la actuación de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad, respecto de las acciones referidas en el numeral 1.5 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 003-2015-MC, pudiendo solicitar a la referida Unidad Ejecutora la adopción de las medidas preventivas y/o correctivas que estime pertinente. Artículo 4º.- La delegación de las facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 5°.- La Directora de la Dirección Desconcentrada de La Libertad y Responsable de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Pliego 003: Ministerio de Cultura bajo responsabilidad deberá remitir un informe a la Secretaría General, el último día hábil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución a la funcionaria a quien se le ha delegado facultades mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1262401-1

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1262172-1

Delegan facultades en el(la) Responsable de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad y en el(la) Director(a) de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2015-MC Lima, 10 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 1382015-MC de fecha 23 de abril de 2015, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Pliego 003 Ministerio de Cultura; encargando a la señora María Elena Córdova Burga, las funciones de responsable de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad del Pliego 003 Ministerio de Cultura; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estados pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas de su función y siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 de la norma señalada en el considerando precedente, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, a través de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se establecen normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2015; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificatorias, establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el segundo párrafo del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga; no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, teniendo en consideración las normas citadas en los considerandos precedentes y con el propósito de

EDUCACION
Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2015-MINEDU Lima, 13 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S.E. 117 de fecha 20 de mayo de 2015, la Secretaria Ejecutiva de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnología y Cultural ­ CAB comunica al Ministro de Educación que se llevará a cabo la Reunión de la Comisión Asesora Principal (CAP), órgano técnico de la Reunión de Ministros de Educación del CAB, la misma que se desarrollará los días 15 y 16 de julio de 2015 en la ciudad de San Francisco de Quito, República de Ecuador; solicitando la participación de la Secretaria Nacional del citado Convenio;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.