Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2015 (14/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 14 de julio de 2015

557305

a la señora Katia María del Carmen Núñez Mariscal, considerado como cargo público de confianza. 4. Póngase en conocimiento de la Oficina General de Recursos Humanos, la presente resolución para los fines correspondientes, según sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DERIK ROBERTO LATORRE BOZA Superintendente Nacional 1262593-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen ampliación del servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital, a través del sistema SID-Sunarp, y la implementación y funcionamiento de dicho sistema en las oficinas registrales para actos de constitución de empresas en el Registro de Personas Jurídicas y otorgamiento de poderes en el Registro de Personas Naturales
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 179-2015-SUNARP/SN Lima, 10 de julio de 2015 VISTOS, el Informe N° 069-2015-SUNARP/ DTR emitido por la Dirección Técnica Registral, el Memorándum N° 740-2015-SUNARP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 1019-SUNARP-OGTI emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros; Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2014JUS, se dispuso que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dictará las disposiciones correspondientes que regulen el uso del Sistema de Constitución de Empresas en Línea a nivel nacional y adoptará las acciones para ampliar su cobertura a nivel nacional; Que, mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 234-2014SUNARP/SN, se reguló la presentación electrónica del parte notarial con firma digital a través de la plataforma de servicios denominada Sistema de Intermediación Digital ­ SID Sunarp, y se dispuso que mediante Resolución de Superintendencia Nacional se ampliarán los actos que podrán ser presentados mediante parte notarial electrónico firmado digitalmente, así como de la competencia de las Oficinas Registrales, dando cuenta al Consejo Directivo de la Sunarp; Que, la SUNARP a través de sus zonas registrales adquirió Tokens criptográficos, herramienta necesaria para que los Registradores califiquen los títulos presentados a través del SID Sunarp; de igual manera, se gestionó la obtención de los respectivos Certificados Digitales ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC, en el marco del convenio de Cooperación Institucional suscrito entre ambas entidades; Que, la Disposición Complementaria de la Directiva N° 004-2014-SUNARP/SN estableció que la plataforma de servicios a través de los módulos notario y registro permitirá la presentación electrónica del parte notarial con firma digital, cuyo acto es la constitución de empresa; Que, la falsificación de instrumentos públicos sobre otorgamiento de poderes presentados en el Registro de Personas Naturales constituye una de las modalidades más recurrentes con la que se pretende iniciar una cadena de transacciones que podrían perturbar la seguridad jurídica que otorga Registros Públicos. Por tal motivo es necesario que el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital, actualmente disponible

Aceptan renuncia del despacho del Nacional

de Asesora 1 Superintendente

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 217-2015-SUCAMEC Lima, 13 de julio de 2015 VISTO: la Carta de fecha 13 de julio de 2015, suscrita por la señora Claudia Liliana Dávila Moscoso y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario oficial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 04 de abril de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, vigente a partir del 04 de mayo de 2013. 3. Según Resolución Suprema N° 139-2013IN, publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de diciembre de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la SUCAMEC; estableciéndose en dicho documento que el cargo de Asesora 1 del despacho del Superintendente Nacional, es un cargo público de confianza. 4. Mediante Resolución de Superintendencia Nº 1892014-SUCAMEC, de fecha de 01 de agosto de 2014, se designó a la señora Claudia Liliana Dávila Moscoso en el cargo de Asesora 1 del Despacho del Superintendente Nacional, de la SUCAMEC. 5. Con Carta de fecha 13 de julio de 2015, la señora Claudia Liliana Dávila Moscoso presentó su renuncia irrevocable al cargo de Asesora 1 del despacho del Superintendente Nacional, por motivos estrictamente personales. 6. El artículo 15, literal p) del Decreto Legislativo Nº 1127, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, ejercer las funciones y atribuciones que le corresponda con arreglo a la normatividad aplicable. 7. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, la Resolución Suprema Nº 064-2013-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 017-2013-IN. SE RESUELVE: 1. Aceptar la renuncia formulada por la señora Claudia Liliana Dávila Moscoso, al cargo de Asesora 1 del despacho del Superintendente Nacional, a partir del 14 de julio de 2015; dejándose sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 189-2014-SUCAMEC, de fecha 01 de agosto de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados. 2. Póngase en conocimiento de la Oficina General de Recursos Humanos, la presente resolución para los fines correspondientes, según sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DERIK ROBERTO LATORRE BOZA Superintendente Nacional 1262593-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.