Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2015 (25/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 25 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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Salas, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Milán, República Italiana, para que desarrolle actividades de promoción de la Imagen Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor José Carlos Collazos Salas, a la ciudad de Milán, República Italiana, del 25 al 30 de julio de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción de imagen país, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US $ José Carlos Collazos Salas 2 595,00 Nombres y apellidos Viáticos N° Total día días Viáticos 540,00 4 2 160,00

205-2015-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC, y el Informe N° 187-2015-CONCYTECOGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM; Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificada por la Ley Nº 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015; Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modificada por Resoluciones de Presidencia Nº 064 y N° 091-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", cuya finalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final; Que, mediante Oficio Nº 246-2015-FONDECYT-DE, del 23 de julio de 2015, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita aprobar el otorgamiento de subvención a persona jurídica por la suma de Seiscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 648 776.00) a favor de la Academia Nacional de Ciencias (ANC), para la ejecución de Convenios Específicos suscritos entre FONDECYT y la ANC; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta al Oficio N° 246-2015-FONDECYT-DE, el Informe Técnico Legal Nº 009-2015-FONDECYT-UPP-UAJ, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, el cual señala que: i) Con fecha 11 de mayo de 2015, el FONDECYT y la ANC suscribieron el Convenio Marco de Subvención con la finalidad de realizar las acciones necesarias para el logro de sus fines institucionales, contribuyendo con el desarrollo de la investigación científica en el país a través de la promoción, asistencia científica y tecnológica, y el fortalecimiento de capacidades humanas encaminadas a promover la investigación científica; ii) En el marco del referido Convenio, el FONDECYT y la ANC suscribieron Convenio Específicos de Subvención para establecer acciones de cooperación y colaboración para la promoción de la investigación y el desarrollo científico y

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor José Carlos Collazos Salas presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1267038-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban el otorgamiento de subvención a favor de la Academia Nacional de Ciencias (ANC), para la ejecución de Convenios Específicos suscritos entre FONDECYT y la ANC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 093-2015-CONCYTEC-P Lima, 23 de julio de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 009-2015-FONDECYT-UPP-UAJ de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, el Oficio Nº 246-2015-FONDECYT-DE, de la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, el Informe Nº

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