Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2015 (31/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de julio de 2015 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Encargan funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 194 -2015-ANA Lima, 24 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 713-2015ANA, de fecha 30 de junio de 2015, se encargó al señor Luis Alberto Apolinario Torres, las funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo efectuado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido, con efectividad al 31 de julio de 2015, el encargo efectuado al señor Luis Alberto Apolinario Torres, para desempeñar las funciones de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 01 de agosto de 2015, al señor Alberto Antonio Alva Tiravanti como Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1268468-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar proyectos de inversión pública de infraestructura vial vecinal
DECRETO SUPREMO Nº 212-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el referido Ministerio constituye un pliego presupuestal, asimismo, señala sus competencias exclusivas así como las compartidas con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otras, en materia de infraestructura de transportes de alcance regional y local; Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó,

entre otros, el presupuesto del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que, los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11 y el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, señalan que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio definitivo o expediente técnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversión, o con el registro de la Verificación de Viabilidad en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refiere la Directiva N° 001-2011EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modificatorias, señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2015; indicándose que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública, establece como nuevo plazo para las transferencias de recursos a la que se refiere el numeral 11.2 del artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 modificado por el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, hasta el 31 de julio de 2015; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1176, dispone, excepcionalmente, que en el caso de las transferencias a que se refiere el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el plazo establecido por dicho numeral no se aplica, para el Año Fiscal 2015; Que, mediante Memorando N° 2209-2015MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 758-2015MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, en el cual se propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas, a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura vial vecinal declarados viables de acuerdo al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); asimismo, indica que se cuenta con los convenios correspondientes y con recursos en el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2015, Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 0975-2015-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

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