Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2015 (31/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

558382 GOBIERNOS REGIONALES

NORMAS LEGALES

Viernes 31 de julio de 2015 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Autorizan Transferencia Financiera para la elaboración de expedientes técnicos de proyectos de Inversión Pública, a favor de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 041-2015-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, celebrada el 30 de junio del 2015, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define, asimismo, la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política del Perú. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Oficio Nº 145-2015-ALC-MP-TAH/SG, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, Alfonso Bernardo CARDOZO MOUZULLY, comunica al Gobierno Regional de Madre de Dios que en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, se aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 055-2015-CM-MP-TAH, de fecha 01 de junio del 2015, sobre Convenio para la Transferencia de Recursos Financieros por la suma de S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), para la elaboración de Expedientes Técnicos de Proyectos de Inversión Pública declarados viables. Que, a través del Oficio Nº 973-2015-GOREMAD/ GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, remite al Consejo Regional la documentación pertinente orientada a la aprobación de la transferencia solicitada para la elaboración de los expedientes técnicos de los Proyectos de Inversión Pública, precisados en el Anexo 01 del Acuerdo de Concejo Nº 055-2015-CM-MP-TAH de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, de fecha 01 de junio del 2015, la misma que aprobó el Convenio para la Transferencia de Recursos Financieros, por la suma antes indicada. Que, en mérito a la aprobación del Cuadro de Priorización de Proyectos de Inversión Pública declarados viables, mediante Acuerdo de Concejo Nº 050-2015-CM-MP-TAH, de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Madre de Dios, ha emitido el Informe Nº 122-2015-GOREMAD/GRPPYAT-SGPPYT, el cual certifica la existencia de disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, la transferencia de recursos financieros solicitada por la Municipalidad Provincial de Tahuamanu cuenta con opinión favorable de la Oficina Regional

de Asesoría Jurídica vertida en el Informe Legal Nº 661-2015-GOREMAD/ORAJ, en armonía con lo previsto por el numeral 12.1, literal e), y el numeral 12.2, de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, que autoriza excepcionalmente las transferencias financieras entre entidades, previa suscripción del correspondiente Convenio, y previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, precisando a su vez que tanto la resolución del Titular del Pliego; así como, el Acuerdo Regional deben publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", en concordancia con lo dispuesto por el numeral 2) del artículo 75 de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el voto aprobatorio por unanimidad, ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente disposición regional, la Transferencia Financiera para la Ejecución de Obras Públicas del Gobierno Regional de Madre de Dios a favor de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, para la elaboración de los expedientes técnicos de los siguientes Proyectos de Inversión Pública declarados viables, por la suma de S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES):
Código SNIP MONTO DE INVERSIÓN COSTO EXPEDIENTE TÉCNICO S/. 85,000.00

ITEM

NOMBRE DEL PIP

1.00 Mejoramiento Vial del Jirón 223237 S/. 9'299,419.00 Víctor Raúl Haya de la Torre y Miguel Grau en la ciudad de Iñapari, Provincia de Tahuamanu- Madre de Dios 2.00 Ampliación del Servicio de 260383 S/. 1'761,919.00 Energía Eléctrica mediante Sistema convencional de la CC.NN. Bélgica, Distrito de Iñapari, Provincia de Tahuamanu-Madre de Dios 3.00 Instalación de los Servicios 270866 Educativos en la I.E.I. Nº 394 Bélgica Nivel Inicial, de la Comunidad Nativa Bélgica Distrito de Iñapari, Provincia de Tahuamanu Región Madre de Dios.. S/. 812,748.22

S/. 45,000.00

S/. 15,000.00

4.00 Mejoramiento y Ampliación 139221 S/. 9,483,203.00 del Servicio Educativo de la I.E.B.R. Nº 52216 el Arca de Pacahuara, localidad de Pacahuara, Distrito de Iberia, Provincia Tahuamanu ­ Región Madre de Dios. 5.00 Mejoramiento de la Oferta del 279555 S/. 1'761,919.00 Servicio Educativo Inicial de la I.E.I. Nº 282 Shiringayoc en el Distrito y Provincia de Tahuamanu ­ Región de Madre de Dios.

S/. 90,000.00

S/. 15,000.00

MONTO DE LA TRANSFERENCIA FINANCIERA

S/. 250,000.00

Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Madre de Dios disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional, debiendo cumplir con informar debidamente al Consejo Regional. Artículo Tercero.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la transferencia mencionada en el artículo Primero recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional. La fiscalización se efectuará a través del Consejo Regional de Madre de Dios; por lo que dicha

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