Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2015 (31/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 31 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N.° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N.° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N.° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna, al trabajador que se indica a continuación: N° 1 REG. 7371 APELLIDOS Y NOMBRES QUISPE VILLAVERDE BLANCA PEGGY

Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL GÓMEZ CORNEJO PALZA Intendente Regional (e) Intendencia Regional Tacna 1268469-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban la Directiva sobre "Procedimiento para la formación y tramitación de cuadernos de apelación", para su aplicación en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 11-2015-CED-CSJCL/PJ Callao, 21 de julio del 2015 EL CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Oficio N°050-2015-J-ODECMA-CALLAO-CSJCL/ PJ, de fecha 16 de marzo del año en curso; los Informes N°004-2015-CI-AUF-GA-CSJCL/PJ, de fechas 27 de marzo y 10 de abril del 2015, respectivamente; y Dictamen N°001-2015-PAAB-CED-CSJC, de fecha 13 de los corrientes. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 72° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital conjuntamente con el Presidente de la Corte Superior, son los órganos de dirección de un Distrito Judicial. Que, mediante el oficio de vistos, el señor Doctor Víctor Roberto Obando Blanco, Juez Superior Titular y Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, propuso el Proyecto denominado "Directiva sobre procedimientos para la formación y tramitación de cuadernos de apelación", para los siguientes órganos jurisdiccionales: Salas Superiores Civiles y Salas Laborales que tramitan procesos bajo los alcances de la Ley N°26636; Juzgados Especializados Civiles, Juzgados Especializados de Familia Civil y Juzgados Laborales que tramitan procesos bajo los alcances de Ley N°26636; Juzgados de Paz Letrados especialidad Civil, Familia y Laboral. Que, la Directiva propuesta tiene por objetivo regular y tramitar la formación de los cuadernos de apelación, respecto a los recursos concedidos sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida, lo que redundará en la agilización de los incidentes, orientando los resultados hacia el logro del objetivo nacional de descarga procesal. Que, mediante Informe N°004-2015-CI-AUF-GACSJCL/PJ de fecha 27 de marzo el señor Ingeniero Martín Villa Apolaya, Coordinador de Informática de la Unidad Ejecutora del Callao, ante el pedido efectuado por éste órgano de gobierno a efectos de desarrollar un aplicativo paralelo al Sistema Integrado Judicial, concluyó que era necesario definir los datos que se requieren en el Registro de Apelaciones, así como establecer los reportes que van a derivar de dicho registro. Posteriormente, con fecha 10 de abril, el citado profesional amplía lo expuesto en el documento referido, señalando que el Sistema Integrado Judicial almacena los datos necesarios para elaborar reportes de control como lo requiere el proyecto de directiva sobre procedimientos para la formación y tramitación de cuadernos de apelación. Que, a través del Dictamen N°001-2015-PAAB-CEDCSJC, de fecha 13 de julio del presente año, el señor Consejero Percy Arismendi Bustamante, representante del Colegio de Abogados del Callao, expresa su conformidad con el proyecto en análisis. Que, este Órgano de Gestión considera necesario establecer normas para el trámite de dichos incidentes o cuadernos, para optimizar la descarga procesal a través de una directiva que sirva además como instrumento para que los magistrados y servidores de las especialidades Civil, Familia y Laboral (Ley N° 26636) de este Distrito Judicial del Callao, se desempeñen con la mejor conducta funcional. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, en sesión de la fecha, con la intervención del señor Presidente y de los señores Consejeros Víctor Roberto Obando Blanco, Carlos Juan Nieves Cervantes y Percy Antonio Arismendi Bustamante, sin la participación del señor Consejero Cesar Castañeda Serrano, al encontrarse de licencia por motivo de salud; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19 del artículo 96 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva sobre "PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE CUADERNOS DE APELACIÓN", para los siguientes órganos jurisdiccionales: Salas Superiores Civiles y Salas Laborales que tramitan procesos bajo los alcances de la Ley N°26636; Juzgados Especializados Civiles, Juzgados Especializados de Familia Civil y Juzgados Laborales que tramitan procesos bajo los alcances de Ley N°26636; Juzgados de Paz Letrados especialidad Civil, Familia y Laboral; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Oficina de Personal y de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente

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