Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2015 (31/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 31 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

558367

Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, hasta por la suma total de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 462 485,00), para el financiamiento de nueve (9) proyectos de inversión pública de infraestructura vial vecinal, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1176; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015 y los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 462 485,00), del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de nueve (9) proyectos de inversión pública de infraestructura vial vecinal, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones 010 : Provías Descentralizado

Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los pliegos habilitados en el presente Decreto Supremo, informarán al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas suscritas, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 30281. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de julio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República

UNIDAD EJECUTORA

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 14 462 485,00 TOTAL EGRESOS 14 462 485,00 =========== A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS (En Nuevos Soles) : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales

ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1268598-1

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 14 462 485,00 TOTAL PLIEGOS GOBIERNOS LOCALES 14 462 485,00 =========== TOTAL EGRESOS 14 462 485,00 ===========

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural
DECRETO SUPREMO Nº 213-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2014, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos a ser efectuada por el Ministerio de

1.2. Los pliegos habilitados en la sección segunda del numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Infraestructura Vial Vecinal", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de

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