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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (02/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Martes 2 de junio de 2015 553884 Presupuesto y Racionalización, emite sus conclusiones y recomendaciones a efectos de emitirse el acto resolutivo correspondiente, para la formalización de la propuesta del Programa, en el que se consigne la proyección de los ingresos de S/. 50.000.00 Nuevos Soles, que ha estimado la Subgerencia de Juventudes, Recreación y Deporte, el cual contará con la supervisión de la Gerencia de Desarrollo Social, asimismo se autorice la inclusión en el Plan Operativo Institucional -2015 a cargo de la Subgerencia de Juventudes, Recreación y Deporte; Que, mediante Memorando Nº 718-2015-GM/MDI de fecha 05 de Mayo del 2015, la Gerencia Municipal, solicita se emita el acto resolutivo correspondiente, para la formalización de la propuesta del Programa Deportivo y Recreativo “Invierno – 2015”; sin perjuicio de las acciones que se vienen realizando para el correspondiente deslinde de responsabilidades; Que, mediante Memorando Nº 507-2015-GAF/MDI de fecha 18 de Mayo del 2015, la Gerencia de Administración y Finanzas, señala que el referido Programa, será autofi nanciado, por el cual los gastos de materiales e insumos que demanda su ejecución, asimismo del pago de honorarios a profesores, se fi nanciarán con los ingresos propios generados por los pagos de los alumnos y participantes, por lo que opina por la procedencia del acto resolutivo correspondiente; Que, es política de la Gestión Municipal, promover el desarrollo humano sostenible forjando una cultura de valores e identidad local, reforzando habilidades, capacidades y actitudes positivas de los participantes, haciendo uso adecuado del tiempo libre para contribuir al mejoramiento de las capacidades de los participantes; Estando a lo expuesto; contando con las opiniones favorables de la Subgerencia, de Juventudes, Recreación y Deportes, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Asesoría Legal, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa DEPORTIVO Y RECREATIVO “INVIERNO – 2015”, que contiene un conjunto de actividades educativas, culturales, deportivas y de capacitación dirigidas a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y padres de familia. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Tesorería efectúe directamente la cobranza por derecho de inscripción de los participantes en el Programa, los mismo que deben ser depositados en la Partida Específi ca 01.03.3.03.0211. Artículo Tercero.- DISPONER que el 100% de los ingresos que genere el Programa se destinen a fi nanciar la ejecución de las actividades, adquisición de materiales e insumos incluidos en su presupuesto, pago de honorarios a los profesores encargados de los diversos cursos, destinándose el saldo, si hubiera, a fi nanciar acciones más urgentes de reparaciones, mejoramiento de las instalaciones y/o equipamiento del Coliseo de la Amistada Perú – Japón. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social para que a través de la Subgerencia de Juventudes, Recreación y Deportes asuma la Organización, ejecución y evaluación del Programa, debiendo informar los resultados que se obtengan. Artículo Quinto.- DISPONER a los Órganos Administrativos correspondientes, cumplan con lo establecido en el presente Decreto y brinden las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de las actividades del Programa Deportivo y Recreativo “Invierno – 2015”. Artículo Sexto.- AUTORIZAR que el Programa Deportivo y Recreativo “Invierno – 2015” se incluya en el Plan Operativo Institucional – 2015 a cargo de la Subgerencia de Juventudes, Recreación y Deporte. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, realice las acciones de control pertinentes que correspondan. Artículo Octavo.- DISPONER a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Juventudes, Recreación y Deporte, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización el fiel cumplimiento del presente Decreto, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación la publicación en el portal institucional, y a la Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1244586-1 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Disponen el reordenamiento de los cargos del Despacho de Alcaldía y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Jesús María RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 175-2015-MDJM Jesús María, 29 de mayo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTO: Las Ordenanzas N° 463-MDJM y N° 464- MDJM y el Informe N° 028-2015-MDJM-GPDI de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Nº 463-MDJM y N° 464- MDJM, se aprobaron la nueva Estructura Orgánica, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y el nuevo Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de Jesús María respectivamente, siendo que a la fecha dichos instrumentos de gestión se encuentran vigentes al haber sido publicados en el diario ofi cial “El Peruano”, en el portal del Estado Peruano y en el portal institucional de esta Corporación Edil, conforme lo dispone la Ley N° 29091; Que, mediante Ordenanza Nº 464-MDJM se aprobó el nuevo Cuadro de Asignación de Personal de esta Corporación Edil, el mismo que contiene el cargo y la plaza de confi anza de Asesor II del Despacho de Alcaldía, así como del resto del personal de dicha área; Que, teniendo en consideración que es necesario reforzar el área de asesoría Jurídica de esta Corporación Edil, la misma que no solo tiene como función el emitir opiniones legales sino que a su vez tiene a su cargo los trámites de registros civiles y el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior por lo que es necesario reordenar los cargos de los empleados contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP vigente; Que, el reordenamiento que se genera por la eliminación o creación de cargos, que no inciden en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP, no requiere un nuevo proceso de aprobación del CAP, bastando para ello que sea aprobado a través de una Resolución de Alcaldía, conforme lo establece el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;