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El Peruano Martes 2 de junio de 2015 553877 empezando por la sección de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos; Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento y Matrimonio que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1997 - 2014; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento y Matrimonio que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1997 - 2014; debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; conservando la citada Ofi cina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural N° 045- 2014-JNAC/RENIEC (25FEB2014), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimiento y Matrimonio del periodo no comprendidos en la presente Resolución Jefatural; Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimiento y Matrimonio que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1997 - 2014; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 05 de Junio de 2015. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural N° 045-2014-JNAC/RENIEC de fecha 25 de Febrero 2014, en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que conserva en su archivo registral y que aún no ha sido incorporado a RENIEC; quedando facultada a expedir copias certifi cadas de dicho acervo documentario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario de la sección Nacimiento y Matrimonio que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1997 - 2014, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1244936-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional para el año fiscal 2015 RESOLUCION JEFATURAL N° 141-2015/JNAC/RENIEC Lima, 1 de junio de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000105-2015/GPP/ RENIEC (15ABR2015) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 000049-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (15ABR2015) de la Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Memorando N° 000332-2015/GG/RENIEC (29ABR2015) de la Gerencia General, el Memorando N° 000269- 2015/JNAC/GA/RENIEC (27MAY2015); el Informe N° 000583-2015/GAJ/SGAJA/RENIEC (29MAY2015) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000352-2015/GAJ/RENIEC (29MAY2015) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que por Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispone la Directiva N° 002-94-INAP/ DNR, aprobada con Resolución Jefatural N° 003-94-INAP- DNR, las actividades correspondientes a las diferentes unidades orgánicas de la entidad deben estar contenidas en el Plan Operativo Institucional (POI); el cual, constituye un documento de gestión que permite articular y coordinar adecuadamente las tareas de cada órgano dentro de las entidades de la administración pública; Que el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, señala que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta, entre otros, su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);