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El Peruano Martes 2 de junio de 2015 553874 corrientes, cursado por el señor Doctor Hugo Garrido Cabrera – Juez Decano de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que, según lo establece el artículo 95 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los Distritos Judiciales donde hay seis (06) o más Salas Especializadas el Consejo Ejecutivo Distrital se compone de cinco (05) miembros, entre los que se encuentran: “….4. Un Juez Especializado o Mixto elegido por los Jueces Especializados o Mixtos del respectivo Distrito Judicial….5.-Una persona de reconocida experiencia en la gerencia pública o privada, designada por el Colegio de Abogados de la localidad”. Que, mediante Resolución Administrativa N°22-2015- P-CSJCL/PJ, de fecha 12 de enero del 2015, se resolvió conformar el Consejo Ejecutivo Distrital de ésta Corte Superior de Justicia, para el Año Judicial 2015-2016, designándose entre sus integrantes a los señores doctores Nivardo Francisco Cano Rivera como Representante del Colegio de Abogados del Callao, y el Doctor Miguel Ángel Fernández Torres como Representante de los Jueces Especializados y Mixtos de esta Corte Superior. Que, por Ofi cio N°172-15 C.A.C. de fecha 11 de Mayo del año en curso, el señor Doctor Nivardo Francisco Cano Rivera, Decano del Colegio de Abogados del Callao, informó que la Junta Directiva, en sesión Extraordinaria de fecha 08 de mayo del presente año, acordó designar como nuevo representante ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Callao, para el período 2015-2016 al señor Doctor Percy Antonio Arismendi Bustamante: Por otro lado, mediante Ofi cio N°005-2015-JD- HGC-CSJCL/PJ, el señor Doctor Hugo Garrido Cabrera – Juez Decano de la Corte Superior de Justicia del Callao, comunicó la elección del señor Doctor Carlos Nieves Cervantes, como Representante de los Jueces Especializados y Mixtos ante el Consejo Ejecutivo Distrital de ésta Corte Superior de Justicia por el período 2015 -2016. Que, siendo ello así, y a efectos de dar continuidad y operatividad al Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, como Órgano de Gobierno en este Distrito Judicial, resulta necesario reconformarlo designando a los nuevos integrantes aludidos en los Ofi cios de Vistos. En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR el CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO para el Año Judicial 2015-2016, el cual estará integrado de la siguiente manera: - Dr. CESAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI, Presidente de Corte, quien la Presidirá - Dr. VICTOR ROBERTO OBANDO BLANCO, Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao. - Dr. CESAR GILBERTO CASTAÑEDA SERRANO, Juez Superior, último Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao. - Dr. CARLOS JUAN NIEVES CERVANTES, Juez Titular, Especializado en lo Penal, Representante de los Jueces Especializados y Mixtos del Distrito Judicial del Callao. - Dr. PERCY ANTONIO ARISMENDI BUSTAMANTE, Representante del Colegio de Abogados del Callao. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Ofi cina de Imagen Institucional, de los interesados y de los señores Magistrados de este Distrito Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1244711-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de junio de 2015 CIRCULAR Nº 024-2015-BCRP Lima, 1 de junio de 2015 El índice de reajuste diario, a que se refi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de junio es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 8,29993 16 8,32331 2 8,30148 17 8,32488 3 8,30304 18 8,32644 4 8,30460 19 8,32800 5 8,30616 20 8,32956 6 8,30772 21 8,33113 7 8,30927 22 8,33269 8 8,31083 23 8,33425 9 8,31239 24 8,33582 10 8,31395 25 8,33738 11 8,31551 26 8,33894 12 8,31707 27 8,34051 13 8,31863 28 8,34207 14 8,32019 29 8,34364 15 8,32175 30 8,34520 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1244890-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban y promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN N° 001-2015-AE-UNCP Huancayo, 29 de abril de 2015.