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El Peruano Martes 2 de junio de 2015 553880 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Convocan a elecciones del Comité Electoral Distrital y de las Juntas Vecinales Comunales del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 005 -2015/MC Comas, 25 de mayo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: Los Informes Nº 058-2015-SGAOS-GPV/MC y Nº 016.-2015-GPV/MC de fechas 15 y 21 de Mayo del 2015, emitidos por la Sub Gerencia de Acreditación de Organizaciones Sociales y la Gerencia de Participación Vecinal respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 194º de la Constitución Política modifi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece la naturaleza y composición de las Juntas Vecinales Comunales las cuales estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de las obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la Ordenanza de su creación cuya, delimitación, número de delgados, así como la forma de su elección, serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital, de conformidad con el artículo 110º de la citada norma y en concordancia con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú. Que, mediante Ordenanza Nº 122-C/MC de fecha 19 de Mayo del 2004, se aprobó la creación de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas, así como su reglamento de Organización y Funciones, encargando a la Gerencia de Participación Vecinal, el proceso eleccionario en cada una de las 14 zonales del Distrito. Que, mediante los Informes de vistos, se solicita emitir el Decreto de Alcaldía que convoque la elección del Comité Electoral Distrital y del Proceso Electoral de las Juntas Vecinales del Distrito de Comas; Que, es política de la actual gestión municipal, gestionar e implementar los mecanismos de participación democrática de los vecinos organizados debidamente mediante sus representantes, a efectos de canalizar sus aspiraciones y propuestas así como estar informados de las acciones desarrolladas por parte de la municipalidad Distrital de Comas, razón por la cual se hace necesario convocarlos mediante proceso eleccionario democrático. Estando a lo dispuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y, Con el visto bueno de los Gerentes de Participación Vecinal, Asuntos Jurídicos y del Gerente Municipal. SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR, a Elecciones del Comité Electoral Distrital, para el día 31 de Mayo del 2015, desde las 9:00 am hasta las 16:00 horas, en las instalaciones del Auditorio Municipal ubicado en la Plaza de Armas s/n. km. 11 Av. Túpac Amaru, que tendrá a su cargo el proceso electoral de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas. Podrán participar en las elecciones del Comité Electoral los dirigentes reconocidos, registrados y acreditados en el – RUOS- Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad de Comas. Artículo Segundo.- CONVOCAR, a elecciones de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas, a realizarse el día 12 de Julio 2015, mediante votación secreta y universal a partir de las 9.00 am. hasta las 16.00 horas, en los lugares que con una anticipación mínima de 10 días serán publicados, tanto por la radio así como afi ches, pegados en los frontis de los Centros Educativos y Locales Comunales. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto, en cuanto sean de su competencia, a las Gerencias: Municipal, Participación Vecinal, Administración y Finanzas, Planifi cación Presupuesto y Racionalización, y sus respectivas Sub Gerencias, así como la Gerencia de Comunicación Municipal, para la publicación y difusión del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1244582-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza de recepción, trámite de internamiento y disposición de objetos perdidos/hallados, entregados a la Municipalidad Distrital de Independencia ORDENANZA Nº 320-2015-MDI Independencia, 27 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha, el Informe Nº 077-2014-GDS/MDI de la Gerencia de Desarrollo Social, Memorando Nº 016-2014-GM/MDI de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 409-2015- GPPR/MDI de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Informe Nº 158-2015-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 155-2015- GPIC/MDI y Memorando Nº 206-2015-GPIC/MDI de la Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación, sobre la propuesta de Ordenanza que regula acerca de la Recepción, trámite de internamiento y Disposición de Objetos Perdidos/Hallados, Entregados a la Municipalidad Distrital de Independenciay; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972 – los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que,conforme lo ha señalado la doctrina, la cosa perdida es aquella que se sustrae a la posesión de su titular sin su voluntad, por consiguiente este conserva