Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2015 (19/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Que, la Ley N° 30025, en su articulo 5, establece que el valor de tasacion es fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (actualmente, la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento), considerando: a) El valor comercial del predio y de las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder, y en el caso de cultivos no permanentes se sigue el tratamiento establecido por la norma; y, b) Una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. Asimismo, preve que el valor total de la tasacion es aprobado considerando el monto fijado por la Direccion de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor a que se refiere el literal a) MORDAZA mencionado; Que, la Direccion de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Oficio N° 376-2015/VIVIENDA-VMCS-DGPRCS-DC, remite a la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Tecnico de Tasacion correspondiente al predio identificado con Codigo TE-164, afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao (en adelante, el Proyecto); Que, la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, mediante Memorandum N° 297-2015MTC/33.1, hace MORDAZA el Informe Tecnico N° 045-2015-RJQ e identifica al sujeto pasivo de la expropiacion; detalla la ubicacion precisa del predio identificado con Codigo TE164, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro de Predios de MORDAZA y senala el valor total de la tasacion correspondiente al referido predio; Que, la Oficina de Asesoria Legal de la AATE, mediante Informe N° 255-2015-MTC/33.8, concluye que, estando a lo senalado por la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolucion Ministerial que apruebe la ejecucion de la expropiacion del predio afectado por el Proyecto y el valor total de la tasacion del mismo, recomendando que se prosiga con el tramite respectivo, para lo cual se adjunta la Certificacion de Credito Presupuestario correspondiente; asimismo, la Oficina de Asesoria Legal de la AATE senala que se encuentra en tramite ante el 10° Juzgado Civil - Comercial de MORDAZA, bajo el Expediente N° 12326-2013-0-1817-JR-CO-10, el MORDAZA de Ejecucion de Garantia seguido contra el titular registral del predio identificado con Codigo TE-164, MORDAZA en el cual el referido predio ha sido objeto de remate y adjudicacion a favor de terceros, encontrandose pendiente de resolver el recurso impugnatorio interpuesto por el titular registral, por lo que es de la opinion que la consignacion del valor total de la tasacion sea realizada

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015

a favor de la citada autoridad judicial, en aplicacion de lo dispuesto en el literal c del numeral 30.4 del articulo 30 de la Ley Nº 30327; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30327, en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de la ejecucion de la expropiacion del bien y del Valor Total de la Tasacion Aprobar la ejecucion de la expropiacion de un (01) predio afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao y el Valor Total de la Tasacion del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Consignacion del Valor Total de la Tasacion Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE consigne en el Banco de la Nacion el monto del valor total de la tasacion a favor del 10° Juzgado Civil - Comercial de MORDAZA (Expediente N° 12326-2013-0-1817-JR-CO10), dentro de los cinco (05) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo 3.- Inscripcion del bien a favor del sujeto activo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, dentro de los cinco (05) dias habiles de emitida la presente Resolucion, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la informacion necesaria para inscribir el bien expropiado a favor del sujeto activo. Articulo 4.- Notificacion al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE notifique la presente Resolucion al sujeto pasivo de la expropiacion, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30327, requiriendole la desocupacion y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta (30) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del bien materia de expropiacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

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