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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (19/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555467 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2015 MTC/01.02 Lima, 15 de junio de 2015 VISTO: La Nota de Elevación N° 121-2015-MTC/33 de fecha 02 de junio de 2015 de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, al ser considerado como una obra de infraestructura ferroviaria de interés nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, establece en sus artículos 29 y 36, que el procedimiento de expropiación regulado en el Título V de la citada ley es aplicable en la expropiación de los bienes inmuebles que se requieran para la ejecución de las obras de infraestructura contenidas en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y en lo no previsto en el Título V, resulta de aplicación supletoria lo establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y en la Ley N° 30025; Que, la Ley N° 30327, en el numeral 30.4 de su artículo 30, prevé, entre otros, que el valor de tasación se determina en base a los criterios establecidos en el Artículo 5 de la Ley N° 30025 y que la aprobación de la ejecución de la expropiación del bien y del valor total de la tasación se realiza mediante Resolución Ministerial, debiendo contener: a) Identifi cación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación; b) Identifi cación precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo y/o el Certifi cado de Búsqueda Catastral, según corresponda; c) La orden de consignar en el Banco de la Nación el monto del valor total de la tasación a favor del sujeto pasivo; d) La orden de inscribir el bien a favor del sujeto activo ante el Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la SUNARP; y, e) La orden de notifi car al sujeto pasivo del bien a expropiarse, requiriéndole la desocupación y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes de notifi cada la resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien materia de expropiación; ANEXO VALOR TOTAL DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT – AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO Nº CÓDIGO DE IDENTIFICA- CIÓN DEL PREDIO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO UBICACIÓN MONTO DE LA TASACIÓN EN NUEVOS SOLES MÁS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 30025 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 1 TE-172 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICA- CIONES DONATA AUREA ZUÑIGA ARCE VIUDA DE CAMPOS, ESTHER CAMPOS ZUÑIGA, KETTY KARIN CAMPOS ZUÑIGA, JESSICA LUZ CAMPOS ZUÑIGA, MARILU GRACIELA CAMPOS ZUÑIGA Y JHONNY JOEL CAMPOS ZUÑIGA LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA TOTAL DE EDIFICACIÓN: • Por el frente: Colinda con la Av. 28 de Julio, con 4.80 ml. • Por la derecha: Colinda con la Propiedad de la Compañía, con 16.40 ml. • Por la izquierda: Colinda con la Propiedad de la Compañía, con 16.40 ml. • Por el Fondo: Colinda con la Propiedad de la Compañía, con 4.80 ml ÁREA DEL TERRENO: 41.06 m2 (Área que representa el porcentaje de participación sobre el terreno considerado como bien común, según lo establecido en el Informe Técnico de Tasación). ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACIÓN: 81.42 m2 PARTIDA REGISTRAL No. 07052861 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima. Informe Técnico No. 13951- 2014-SUNARP-Z.R.No. IX/OC emitido por la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima. S/. 523,794.07 VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE A A-B 16.40 280739.9821 8665905.1601 B B-C 4.80 280742.2476 8665888.9173 C C-D 16.40 280737.4936 8665888.2542 D D-A 4.80 280735.2281 8665904.4970 1252430-1