Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2015 (28/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Domingo 28 de junio de 2015

556107
"Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto" con código unificado N° 2262233, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA P R O G R A M A PRESUPUESTAL En Nuevos Soles : Gobierno Central Ministerio de Agricultura y Riego Ministerio de Agricultura 001 : Administración Central Mejora de la Articulación de 0121 : Pequeños productores al Mercado 013 : Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de 2262233 : las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto 1 : Recursos Ordinarios

que no cuenten con el estudio definitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para financiar esta finalidad y sólo deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2015; señalando que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante los Informes Nºs 185 y 1892015-MINAGRI-OPRES/OGPP, emiten opinión favorable a la transferencia de recursos del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administración Central, a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Unidad Ejecutora 100: Agricultura Loreto, indicando que el pliego Ministerio de Agricultura y Riego cuenta con los recursos necesarios en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), para financiar la elaboración del estudio definitivo del proyecto de inversión pública "Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto", con código unificado N° 2262233, declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública ­ SNIP, para lo cual se indica que se ha suscrito el convenio correspondiente con la citada entidad; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 1194-2015-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Unidad Ejecutora 100: Agricultura Loreto, para financiar la elaboración del estudio definitivo del proyecto de inversión pública con código unificado N° 2262233, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00) del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Unidad Ejecutora 100: Agricultura Loreto, para financiar la elaboración del estudio definitivo del proyecto de inversión pública

PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

150 000,00 ---------------150 000,00 =========

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA P R O G R A M A PRESUPUESTAL

En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas Gobierno Regional del Departamento de Loreto

453 :

100 : Agricultura Loreto Mejora de la Articulación de 0121 : Pequeños productores al Mercado Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de 2262233 : las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto 1 : Recursos Ordinarios

PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

150 000,00 ---------------150 000,00 =========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley

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