Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2015 (28/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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4 5 6 7 8 9 Oficina Regional Apurímac Arequipa Ayacucho Cajamarca Cusco Huancavelica Responsable designado Karin Karoll Felicidad Diaz Pasache María Lucía del Pilar Cornejo Gutiérrez-Ballón Victor Hugo Rodríguez Rojas Milagros Jacqueline Castillo Trigoso Paola Aragón Iturri Gary Alain Loza Huarachi Jina Mery Troyes Delgado Ernesto Fernando Martín Perla Najarro Andrómeda Barrientos Roque Kenia Luz De La Cruz Pimentel Sergio Miguel Obregón Matos Ana Kimena Leyva Wong Francisco Jefferson Ruiz Calsin Javier Ernesto Castro Cuba León José Alonso Membrillo Nina Rebeca Yuliana Rodriguez Porta Ana Peña Cardoza Waldir Crystiam Zanabria Ortega Gena Solange Beatriz Chávez Rodríguez Marcos Alberto Lipa Portugal Edgar Allinson Vilela Adanaqué Jorge Enrique Correa Robalino Christian John Rodríguez León Magaly Guzmán Terrones

El Peruano Domingo 28 de junio de 2015

10 Huánuco 11 Ica 12 Junín - Huancayo 13 Junín - La Merced 14 La Libertad 15 Lambayeque 16 Loreto 17 Madre de Dios 18 Moquegua 19 Pasco 20 Piura 21 Puno 22 San Martín 23 Tacna 24 Tumbes 25 Ucayali 26 VRAEM 27 Sede Lima Norte

Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1256609-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan Presidente y conforman Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado
RESOLUCIÓN Nº 190-2015-OSCE/PRE Jesús María, 25 de junio de 2015 VISTA: El Acta del Consejo Directivo Nº 006-2015/OSCE-CD de fecha 16 de junio de 2015, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 006-2015/OSCE-CD; CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 63º de la citada Ley, concordante con el artículo 235º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el Tribunal de Contrataciones del Estado es un órgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, con autonomía e independencia funcional, encargado de la resolución de las controversias que surjan entre las Entidades, los participantes y los postores durante los procesos de selección, así como de la aplicación de sanciones administrativas de inhabilitación temporal o definitiva a proveedores, participantes, postores contratistas, expertos independientes y árbitros, según corresponda, por infracción de las disposiciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 64 de la Ley de Contrataciones del Estado, los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado son elegidos por concurso público, por un periodo de tres (03) años; Que, mediante Resolución Suprema N° 032-2012-EF, publicada el 05 de mayo de 2012, se designó en el cargo de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, a los profesionales: Becerra Farfán, María Hilda; Inga Huamán, Héctor Marín; Lazo Herrera, María Elena; Rojas Villavicencio de Guerra, María del Guadalupe; y Villanueva Sandoval, Víctor Manuel, cuyo plazo de designación venció el 05 de mayo de 2015; Que, con Resolución Suprema Nº 042-2012-EF, publicada el 29 de junio de 2012, se designó en el cargo de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado a los profesionales: Arteaga Zegarra, Mario Fabricio, Ferreyra Coral, Violeta Lucero; Revilla Vergara, Ana Teresa, Sifuentes Huamán, Mariela Nereida, y Vargas de Zela, Adrián Juan Jorge, cuyo plazo de designación vence el 29 de junio de 2015; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2015-EF, se aprobó el procedimiento para los concursos públicos de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, y se constituyó la Comisión Multisectorial de evaluación y selección de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, encargada de realizar los referidos concursos públicos; Que, la citada Comisión Multisectorial llevó a cabo la primera convocatoria del Concurso público de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, habiéndose designado por Resolución Suprema Nº 015-2015-EF, a los profesionales: Corrales Gonzáles, José Antonio Jesús; Gil Candia, Gladys Cecilia y Villanueva Sandoval, Víctor Manuel, cuyo periodo de designación se inició el 06 de mayo de 2015; así como a los profesionales Arteaga Zegarra, Mario Fabricio y Sifuentes Huamán, Mariela Nereida cuyo período de designación se inicia el 30 de junio de 2015; Que, mediante Resolución Nº 129-2015-OSCE/PRE de fecha 05 de mayo de 2015, se ratificó al Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado y se conformaron las Salas del referido Tribunal, como resultado de la Primera Convocatoria del Concurso Público de evaluación y selección de Vocales del Tribunal en mención; Que, la segunda convocatoria del Concurso público de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, dio como resultado la designación, por Resolución Suprema Nº 029-2015-EF, de los siguientes profesionales: Herrera Guerra, Jorge Luis; Rojas Villavicencio de Guerra, María del Guadalupe; Inga Huamán, Héctor Marín y Ferreyra Coral, Violeta Lucero; cuyo período de designación se inicia el 30 de junio de 2015; Que, debido a la nueva designación de Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, es necesario designar al Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado, así como establecer la conformación de las Salas del Tribunal y la distribución de los Vocales que las componen; Que, el segundo párrafo del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, establece que los cargos de Presidente del Tribunal, Presidente de cada Sala y la distribución de los Vocales que las componen, son establecidos por el Consejo Directivo del OSCE; Que, los literales h) e i) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,

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