Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2015 (03/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 251-MDPP QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese el numeral 1) del Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 251-MDPP, que Otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, en los terminos siguientes: "Articulo Tercero.- De las Facilidades Las facilidades para acogerse al beneficio establecido en la presente ordenanza se aplicaran a las deudas tributarias que tengan los contribuyentes en cualquier estado (Ordinario, notificada, fiscalizada y/o en MORDAZA de cobranza coactiva). 1.- De las obligaciones tributarias formales: CONSIDERANDO: a) Condonacion del 100% de los reajustes e intereses moratorios del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, por los anos 2000 al 2014. b) Descuento en el monto insoluto de los Arbitrios Municipales de los periodos siguientes: ANOS 2014 2013 2012 2011 2010 2009 ANOS ANTERIORES DESCUENTO 40% 50% 50% 50% 50% 90% 90%

El Peruano Martes 3 de marzo de 2015

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Reajustan terminos porcentuales de los derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad en funcion al MORDAZA valor de la UIT para el ano 2015
DECRETO DE ALCALDIA N° 02-2015/MDSM San MORDAZA, 23 de febrero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe N° 036 ­ 2015 ­ GPP/MDSM, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 042 ­ 2015 ­ GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Memorando N° 155 ­ 2015 ­ GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, y;

c) Los Arbitrios del 2009 y anos anteriores al 2009, se les condonara el 100% de los reajustes e intereses, asi como se les descontara el 90% del monto insoluto. Cabe senalar que para acogerse a los beneficios senalados en los incisos a) y b), es condicion de que el contribuyente debe de cancelar o no tener deuda pendiente por el Impuesto Predial del ano respecto a los Arbitrios Municipales que desea acogerse. A los pensionistas se les requiere como unica condicion que cumplan con el pago por Gasto de Emision con respecto al ano de los Arbitrios Municipales que desea acogerse. (...)" Articulo Segundo.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 251-MDPP, que Otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdiccion del Distrito de MORDAZA Piedra. Articulo Tercero.- Encarguese el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico, y a la Subgerencia de Recaudacion y Ejecutoria Coactiva, asi como a las unidades organicas pertinentes, y a la Secretaria General su publicacion. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206297-1

Que, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N°27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 38° de la Ley N° 274444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar en el caso de los gobiernos locales, mediante decreto de alcaldia, debiendo publicarse la modificatoria en el MORDAZA Institucional; Que mediante Ordenanza N° 274-MDSM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en Exclusividad (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, ordenanza que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 2361-MML con fecha 11 de Diciembre de 2014; Que, mediante Decreto Supremo N° 374-2014-EF, se aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/. 3,850.00 (Tres Mil ochocientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) nuevos soles, para el ano fiscal 2015; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a traves del informe N° 36-2015-GPP/MDSM, puso en conocimiento que resultaba necesario aprobar el reajuste de los terminos porcentuales de los derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA vigente de la entidad, informe que MORDAZA con la opinion favorable de la Gerencia de Asuntos Juridicos, mediante informe N° 042-2015GAJ/MDSM; Que, en virtud de lo expuesto corresponde actualizar el porcentaje de la UIT correspondiente a los derechos del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobado mediante Ordenanza N° 274 ­ MDSM; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Articulo 20° y 42° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE DECRETA: Articulo Primero: REAJUSTAR los terminos porcentuales de los derechos de tramitacion contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 274-MDSM, en funcion al MORDAZA valor de la UIT de S/. 3850.00 (Tres mil ochocientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para el ano 2015; conforme al anexo unico que forma parte integrante del presente decreto. Articulo Segundo: PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano asi como en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanmiguel.gob.pe).

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