Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2015 (03/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Martes 3 de marzo de 2015

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mediante resolucion del titular del pliego Ministerio de Salud, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, segun el articulo 78-A del Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 0032010-SA, la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud es un organo desconcentrado del Ministerio de Salud, que se encarga de la programacion, adquisicion, almacenamiento y distribucion de recursos estrategicos como son: productos farmaceuticos, insumos medicos y odontologicos, material de laboratorio, material de ayuda al diagnostico, instrumentales y equipos medicos y odontologicos no considerados como inversion, asi como plaguicidas y productos veterinarios de uso en salud, para la red asistencial de salud publica a nivel nacional, que garantice la calidad y precios, que asegure la accesibilidad de estos a la poblacion; Que, el Ministerio de Salud ha celebrado con la Organizacion Panamericana de Salud ­ OPS/OMS el Acuerdo para la participacion del Gobierno Peruano en el Fondo Rotatorio Regional para la adquisicion de productos estrategicos de salud publica y asimismo el Convenio Nº 002-2012/MINSA, Convenio de Cooperacion Tecnica para la adquisicion de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados; Que, asimismo, segun el literal j) del numeral 5.1 y el literal j) del numeral 5.2 de la clausula MORDAZA del mencionado Convenio de Cooperacion Tecnica, la OPS/OMS, de conformidad con sus politicas, normas y reglamentos, en particular los relativos al Fondo Rotatorio de la OPS para la compra de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados, se compromete a presentar facturas proformas para facilitar el pago anticipado total o parcial cuando sea necesario y el Ministerio de Salud a efectuar el pago anticipado total o parcial cuando sea necesario, de conformidad con lo establecido en la parte pertinente de los procedimientos operativos para el Fondo Rotatorio, dentro de los diez (10) dias de recibidas las facturas proformas; Que, por otro lado, el Memorando de Entendimiento para el Suministro de Servicios de Adquisicion celebrado entre el Ministerio de Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF, contempla en los numerales 10 y 11 que a la recepcion de la notificacion de aceptacion de una solicitud de servicios de adquisicion de UNICEF, se pagara por anticipado el importe senalado en la estimacion de costes que le acompana, agregando que el UNICEF no MORDAZA curso a ninguna solicitud de servicios de adquisicion hasta que se MORDAZA efectuado el pago correspondiente; Que, la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud, ha venido adquiriendo productos estrategicos para el cumplimiento de los fines y objetivos del Ministerio de Salud, a traves de los convenios y/o acuerdos de cooperacion tecnica celebrados con los organismos internacionales MORDAZA mencionados, en atencion a las ventajas y beneficios que conlleva tal situacion, y con sujecion a la normatividad vigente; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe de Visto, es necesario transferir financieramente, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 253 228 747,00), a favor de la Organizacion Panamericana de la Salud ­ OPS/OMS y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia ­UNICEF, para la adquisicion de vacunas y medicamentos para el ano fiscal 2015 en el MORDAZA de la autorizacion contenida en el articulo 31 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano fiscal 2015; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones de la Directora General de la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud, del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de Ia Directora General de Ia Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 31 de la Ley Nº 20381, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, y lo dispuesto en el literal c) del articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud;

profesional propuesto, toda vez que el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Proyectos de Inversion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto se encuentra calificado como de confianza y cuenta con plaza en condicion de vacante; Que, en merito a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Oficina General; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008PCM y sus modificatorias; en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina de Proyectos de Inversion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1206352-1

Aprueban transferencia financiera a favor de la OPS/OMS y el UNICEF para , la adquisicion de diversos productos durante el ejercicio presupuestal 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 129-2015/MINSA MORDAZA, 2 de marzo del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-006071-001, que contiene el Informe Nº 054-2015-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 3042012-EF, y de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el articulo 31 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano fiscal 2015, autoriza por excepcion, al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud - EsSalud, hasta el Ano Fiscal 2016, para celebrar convenios de cooperacion tecnica u otros de naturaleza analoga con la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la adquisicion de los productos contenidos en dicho articulo; Que, asimismo, dicha disposicion senala que, para tal efecto, el Ministerio de Salud queda autorizado a transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecucion de los convenios de cooperacion tecnica u otros de naturaleza analoga celebrados en el MORDAZA de lo establecido en el presente articulo. Dicha transferencia se aprueba

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