Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2015 (03/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Articulo 5º.- Publicacion La Presente Resolucion Ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (http://www.produce.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1206111-1

El Peruano Martes 3 de marzo de 2015

Autorizan al IMARPE la realizacion de una Pesca Exploratoria en la MORDAZA Sur MORDAZA Peruano
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 053-2015-PRODUCE MORDAZA, 2 de marzo de 2015 VISTOS: El Oficio Nº PCD-100-085-2015-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; el Informe Nº 092-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 51-2015-PRODUCE/OGAJ-jhuari de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, en su articulo 9 establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, la citada Ley General de Pesca, en su articulo 13, senala que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en su articulo 21, indica que la investigacion pesquera es una actividad a la que tiene derecho cualquier persona natural o juridica. Para su ejercicio se requerira autorizacion previa del Ministerio de la Produccion en los casos en que se utilicen embarcaciones, extraigan recursos hidrobiologicos, usen espacios acuaticos publicos u operen plantas de procesamiento; Que, el IMARPE mediante el Oficio de Vistos, alcanza el "Plan sobre la Pesca Exploratoria de Anchoveta en la Region Sur MORDAZA Peruano", en el que senala que MORDAZA las condiciones actuales, estima conveniente la ejecucion de una pesca exploratoria en la Region Sur MORDAZA Peruano con una duracion no mayor de cinco (5) dias calendarios consecutivos entre los 16º00'S y el extremo sur del dominio maritimo peruano y por fuera de las cinco (5) millas de distancia a la costa, con el proposito de actualizar la informacion sobre la distribucion de la anchoveta, sobre las tallas disponibles y la incidencia de otras especies, con la participacion de cincuenta (50) embarcaciones pesqueras seleccionadas para ejecutar esta actividad cientifica durante el primer dia, pudiendo incrementarse el numero de embarcaciones en los dias restantes; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, en su informe de Vistos, senala que el IMARPE tiene como proposito promover y realizar investigaciones cientificas MORDAZA y sus recursos hidrobiologicos con el objeto de proporcionar al Ministerio de la Produccion las bases cientificas para la administracion racional de dichos recursos, por lo que resulta pertinente autorizar la realizacion de la Pesca Exploratoria de anchoveta en la MORDAZA Sur MORDAZA Peruano, a realizarse entre los dias 12 y 16 de marzo de 2015, con la participacion de embarcaciones pesqueras de cerco de mayor escala, con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta y con Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur) asignado, asi como aprobar las disposiciones pertinentes; Con el visado del Viceministro de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley

Incorporan procedimientos Nºs. 38 y 43 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion a la Ventanilla Unica del Sector Produccion (VUSP)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 052-2015-PRODUCE MORDAZA, 02 de marzo de 2015 VISTOS: Los Memorandos Nº 998-2015-PRODUCE/ DVP y Nº 1052-2015-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria, y, el Informe Nº 015-2015PRODUCE/OGAJ-jguerra de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2014PRODUCE se crea la Ventanilla Unica del Sector Produccion ­ VUSP, teniendose en cuenta que las tecnologias de la informacion y comunicaciones permiten brindar al ciudadano un mejor servicio por parte del Estado, siendo un mecanismo necesario para fortalecer la simplificacion administrativa a traves de la automatizacion progresiva de los procedimientos administrativos en el citado Sector; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE senala que la incorporacion de los procedimientos y servicios a la VUSP se dispondra mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion; Que, la incorporacion de los procedimientos Nº 38 (Otorgamiento de concesion para el desarrollo de la acuicultura de mayor escala) y Nº 43 (Otorgamiento de autorizacion para el desarrollo de la acuicultura de mayor escala) no modifica procedimiento alguno de la Ventanilla Unica de Acuicultura (VUA), en cumplimiento de lo dispuesto por la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE; Que, en virtud a lo expuesto, debe expedirse la Resolucion Ministerial que incorpore los procedimientos Nº 38 y Nº 43 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, pertenecientes ambos a la Direccion de Acuicultura de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, a la Ventanilla Unica del Sector Produccion - VUSP; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar procedimientos MORDAZA en la VUSP Incorporese los procedimientos Nº 38 y Nº 43 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion a la Ventanilla Unica del Sector Produccion (VUSP). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1206446-1

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