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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2015 (06/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548114 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modifi catorias, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo al inciso b) del artículo 3º del D.S Nº 072-2003-PCM – Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, corresponde a la Corporación, designar al funcionario responsable de la entrega de la información de acceso público de la Municipalidad Distrital de Breña; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Srta. ROCIO DEL PILAR VASQUEZ CARBAJAL- SECRETARIA GENERAL, como Responsable de brindar la información de acceso público correspondiente a la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Segundo.- El personal y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Breña, bajo responsabilidad, deberán facilitar la información y/o documentación que les sea solicitada en virtud a la designación efectuada en el artículo precedente, para el cumplimiento de la entrega de la información en los plazos establecidos por las normas vigentes. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Subgerencia de Estadística e Informática, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña, (www.munibrena.gob. pe.). Y a la Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1208009-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Modifican la Ordenanza Nº 236-2007- MDSR, sobre Régimen de excepción para la emisión de Licencias de Obra y Ejecución de Obras en Temporada de Verano ORDENANZA MUNICIPAL Nº 411-2015-MDSR Santa Rosa, 09 de febrero del 2015 Dado en el Palacio Municipal, el Concejo Distrital de Santa Rosa En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y; VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo, de fecha, 30 de Enero del 2015, sobre el pedido solicitado por la Alcaldía sobre la efi cacia y validez de la Ordenanza Municipal No. 236-2007-MDSR de fecha 07 de Diciembre del 2007, sobre el Régimen de Excepción para la emisión de Licencias de Obra y Ejecución de Obras en temporada de verano; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico delas circunscripciones de su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza N° 236-2007-MDSR de fecha 07-12-2007, se expidió sobre Régimen de excepción para la emisión de Licencias de Obra y Ejecución de Obras en Temporada de Verano, la misma que verifi cándose en el Archivo de esta Administración, que dicha Ordenanza NO FUE PUBLICADA en el Diario Ofi cial El Peruano, en su debida oportunidad; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, como ente encargado de velar el fi el cumplimiento de la referida Ordenanza, conjuntamente con la Gerencia de Administración Tributaria a través de su Sub Gerencia de Fiscalización y Control, entidades que se encuentran impedidos de cumplir a cabalidad con sus funciones, por la omisión de la publicación de la aludida Ordenanza; Que, por la gran afl uencia de personas que concurren a las diferentes playas del Distrito en la Temporada de Verano, lo que implica que la Municipalidad en el rol que le corresponde, que es representante del vecindario y como tal le corresponde prevenir la contaminación ambiental por cualquier residuo que pueden afectar a los propios vecinos, como también a los visitantes, por dicha temporada; Que, es necesario que la Ordenanza Municipal N°236- 2007-MDSR de fecha 07 de Diciembre del 2007, sobre Régimen de excepción para la emisión de Licencias de Obra y Ejecución de Obras en Temporada de Verano, sea ratifi cada, y sólo sea modifi cada el Artículo Segundo, en el sentido que la prohibición de la Ejecución de Obras de Construcción y/o Edifi cación, ampliación y/o demolición en el balneario de Santa Rosa, sea a partir del 15 de Diciembre al 15 de Marzo de cada año. Que, después de un amplio debate e intercambio de opiniones y en consideración a lo preceptuado en los Artículos 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, el pleno del Concejo Municipal, con el voto UNANIME de los Señores Regidores presentes, y con la dispensa del Trámite de Lectura de Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza; Artículo Primero.- Ratifícase la ordenanza Municipal N° 236-2007-MDSR de fecha 07 de diciembre del 2007, con excepción del Art. Segundo. Articulo Segundo.- Modifícase el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal No. 236-2007-MDSR de fecha 07 de diciembre del 2007, con el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO.- PROHIBASE terminantemente la ejecución de Obras de Construcción y/o Edifi cación, Ampliaciones y/o demoliciones en el Balneario de Santa Rosa, jurisdicción del distrito de Santa Rosa, a partir del 15 de diciembre al 15 de Marzo de cada año. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico y demás órganos competentes para su cumplimiento en lo que dispone esta Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la Ordenanza en el Portal institucional de la municipalidad, y mediante el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1207118-1 Otorgan Amnistía Tributaria y no Tributaria “Deuda Cero 2015” ORDENANZA MUNICIPAL N° 412-2015 Santa Rosa, 25 de febrero de 2015. Dado en el Palacio Municipal, el Concejo Distrital de Santa Rosa En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y;