Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2015 (11/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 11 de marzo de 2015

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Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversion o proyectos de inversion resulten ganadores del concurso a solicitud de la Secretaria Tecnica del FONIPREL; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesion ordinaria del 16 de MORDAZA de 2013, aprobo la lista de los estudios de preinversion y proyectos de inversion publica de la Convocatoria FONIPREL 2012 seleccionados por la Secretaria Tecnica para el respectivo cofinanciamiento, por un monto total de CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DOCE Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 193 688 812,67); Que, la Secretaria Tecnica del FONIPREL suscribio los respectivos convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyas propuestas ganaron la Convocatoria FONIPREL 2012, los mismos que contienen los cronogramas de ejecucion en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboracion de los estudios de preinversion o la ejecucion de los proyectos de inversion correspondientes; Que, mediante Decreto Supremo N° 250-2013-EF, se autorizo un credito suplementario para la incorporacion de los recursos del FONIPREL en el ano fiscal 2013 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2012, correspondientes a la primera entrega del monto del cofinanciamiento para la ejecucion de los proyectos de inversion y elaboracion de estudios de preinversion que resultaron ganadores de la referida Convocatoria FONIPREL, ascendente a CIENTO OCHO MILLONES CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 108 111 394,00); Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0432014-EF, se autorizo un credito suplementario para la incorporacion de los recursos del FONIPREL en el ano fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2012, ascendente a OCHENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 82 868 757,00); Que, mediante Memorando N° 075-2015-EF/52.06, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico informo a la Secretaria Tecnica del FONIPREL, que los recursos de dicho Fondo depositados en el Banco Central de Reserva del Peru, en la Cuenta Moneda Nacional, ascienden, al 31 de enero de 2015, a un monto de CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 95/100 NUEVOS SOLES (S/. 425 504 839,95) y en la Cuenta Moneda Extranjera ascienden a un monto de NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 23/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 99 748 876,23); Que, mediante Oficio N° 078-2015-PCM/SD, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros remitio la relacion de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, se ha determinado que es necesario incorporar via Credito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 los recursos previstos para la entrega del cofinanciamiento correspondiente, que ascienden a un monto total de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 708 697,00) en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" a favor de las Municipalidades de los distritos de Quinua, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; y Ayna, provincia de La Mar, departamento de MORDAZA, respectivamente, cuyos proyectos de inversion publica resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2012, de acuerdo a sus respectivos Cronogramas de Ejecucion Financiera;

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1209930-1

Autorizan Credito Suplementario para la incorporacion de los recursos del FONIPREL en el Ano Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2012
DECRETO SUPREMO N° 041-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de Fondos y dicta otras medidas, creo el Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL, cuya finalidad es el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversion publica de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo cual podran destinarse los recursos al financiamiento o cofinanciamiento de estudios de preinversion; Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron que los estudios de preinversion o proyectos de inversion publica MORDAZA referidos, deben estar orientados a reducir las brechas en la provision de los servicios e infraestructura basicos, que tengan el mayor impacto en la reduccion de la pobreza y pobreza extrema en el pais; Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento establecieron la implementacion y el funcionamiento del FONIPREL, disponiendo que la Secretaria Tecnica presenta la lista de los estudios de preinversion y/o proyectos de inversion publica que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobacion; Que, el literal b) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, autorizo al Poder Ejecutivo para financiar, con cargo a la Reserva de Contingencia, un monto de CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00), a la cuenta del FONIPREL, los que se sujetan a lo establecido en el numeral 8.3 del articulo 8 de la Ley N° 29125; Que, el numeral 16.3 del articulo 16 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a depositar en la cuenta del FONIPREL, a solicitud de la Secretaria Tecnica del FONIPREL, los recursos a que se hace referencia en el literal b) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, que no hayan sido ejecutados, quedando dichos recursos exceptuados del literal a) del numeral 7.1 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2009-EF; sustituida por la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; Que, los recursos del FONIPREL se encuentran constituidos por los recursos senalados en el articulo 6 de la Ley N° 29125; Que, el numeral 1.3 del articulo 1 del Decreto de Urgencia N° 030-2008 y la Unica Disposicion Complementaria de la Ley N° 29125, disponen que los recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del

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